El contagio de covid 19 y la posterior internación de Susana Giménez en Uruguay generaron preocupación entre su familia, sus allegados y sus fanáticos.
Infectada, al parecer por una empleada doméstica de “La Mary”, Susana y su hija adelantaron la segunda dosis de la vacunación y finalmente dieron positivo de coronavirus.
La diva, al momento de ser internada en el Sanatorio Cantegril, presentó una leve insuficiencia respiratoria por la que se la asistió con oxígeno pero no con asistencia mecánica respiratorio como se dijo en algunos medios.
Frente a la incertidumbre y falta de equipamiento médico en el nosocomio uruguayo, su médico personal de Argentina y sus familiares evaluaron trasladarla al país para tratarla.
Inmediatamente en las redes sociales, donde el nombre de la vida se transformó en tendencia, apareció una norma legal por la cual, en el caso que hubiera sido necesario trasladar a Susana Giménez a Argentina, no hubiera sido posible.
De acuerdo a la disposición DNM N° 3025/20, conforme Resolución MINSAL N°1472/20 que detalla que “Todos los viajeros deberán cumplir con la prueba de diagnóstico 72 horas previas al viaje internacional con resultado negativo para Covid 19 y acompañarla a la declaración jurada electrónica”. Por esta norma, Susana no habría podido entrar al país solo por el hecho de estar cursando la enfermedad.
Finalmente con el paso de las horas y una evolución favorable, la diva de los teléfonos está a un paso de volver a su casa para seguir, desde allí con su enfermedad monitoreada continuamente, pero sin necesidad de estar internada.