AFIP permitirá la deducción del alquiler en el pago del impuesto a las Ganancias sin presentar factura

Desde ahora alcanzará con que los locatarios declaren sus contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles y no necesitarán una factura emitida por el locador.

AFIP permitirá la deducción del alquiler en el pago del impuesto a las Ganancias sin presentar factura
Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y autónomos que alquilan el lugar donde viven, y no son propietarios de ningún inmueble, pueden deducir impuesto a las Ganancias. Foto: Marcelo Rolland / Los Andes.

En medio de la apertura de sesiones legislativas y el proyecto impulsado por Massa para aumentar el piso de ganancias ahora la Administración Federal de Ingresos Públicos, le facilitará a los inquilinos deducir sus alquileres del impuesto a las Ganancias.

El beneficio será para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y autónomos que estén actualmente alquilando un lugar en el cual viven y no posean un inmueble a su nombre. Aquellos que cumplan estos requisitos podrán deducir impuesto a las Ganancias hasta el 40% de las sumas que pagan en concepto de alquiler, con un límite anual

A través de un comunicado la AFIP aseguró que ”Los locatarios que declaren sus contratos en el registro podrán acceder a la deducción de hasta el 40% del monto del alquiler sin necesidad de presentar una factura emitida por el locador“.

Así, la decisión del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont facilita y garantiza que los inquilinos accedan al beneficio tributario.

“Los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y autónomos que alquilan el lugar donde viven, y no son propietarios de ningún inmueble, pueden deducir impuesto a las Ganancias hasta el 40% de las sumas que pagan en concepto de alquiler, con un límite anual“, indica AFIP .

Sin embargo, remarcó que ”La cantidad de personas que efectivamente acceden a ese beneficio es muy limitado“, y descrito que ”Esto responde a que son muy pocos los propietarios de inmuebles que emiten las facturas necesarias para presentar en el sistema de deducciones de la AFIP”.

“Para simplificar el procedimiento y garantizar el acceso al beneficio, Marcó del Pont definió que cuando un inquilino presente su contrato en el registro, la posibilidad de deducir la porción correspondiente del Impuesto a las Ganancias figurará en forma automática en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig)“, indica la AFIP .

El organismo precisó que ”El beneficio estará disponible para las deducciones del impuesto correspondiente al período fiscal 2021“.

El Régimen de Registración de contratos de Locación de Inmuebles entró en vigencia ayer, y los acuerdos celebrados a partir del 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante este mes, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril próximo.

Todos los Contratos deberán ser informados en forma digital de Ingresando con Clave Fiscal en AFIP.gob.ar al servicio Registro de locaciones de Inmuebles - RELI - Contribuyente “.

El plazo para informar estas operaciones, tanto para cuando se suscriba el contrato de locación o arrendamiento, o para cuando se modifique uno ya existente, será dentro de los 15 días corridos posterior al acto.

El régimen de Registro de contratos de Locación de Inmuebles previsto en la Ley de Alquileres, es una herramienta que puede obtener a la AFIP contar con información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones.

“La decisión de simplificar el acceso a la deducción del alquiler en Ganancias será acompañada desde la AFIP por una verificación rigurosa en el cumplimiento de las obligaciones de los locadores“, indicó el organismo.

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