La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, anunció que en la mañana del lunes firmó la resolución que reglamenta las modificaciones al Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia. De esta manera, la exención del impuesto comenzará a regir en los salarios de junio, que se pagan el mes próximo, y en el medio aguinaldo (SAC).
“Nosotros estamos firmando esta mañana después de estar trabajando todo el fin de semana para llegar a una reglamentación de la modificación del Impuesto a las Ganancias para las personas en relación de dependencia, para cuarta categoría, que se votó hace un par de meses y la reglamentación llegó hace no tanto, pero apurados porque la idea del Gobierno es que esta medida ya traiga alivio a fin de mes cuando se paguen los salarios de junio y el medio aguinaldo”, confirmó la funcionaria en declaraciones a Radio 10.
Según Marcó del Pont, el sentido de la Ley es el de “sacar del impuesto a las Ganancias a una cantidad de trabajadores y trabajadores que habían sido incluidos en los últimos años. Volvemos a una relación histórica que solamente uno de cada 10 trabajadores y trabajadoras van a pagar el impuesto a los altos salarios”.
“Ha habido en los últimos meses una retención que es retroactiva, entonces el alivio es retroactivo. Esto se va a devolver en cinco cuotas empezando el mes que viene. En el recibo de sueldo se va a advertir que todos aquellos trabajadores y trabajadoras que ganan hasta $150.000 no van a tener retención al impuesto a las Ganancias y a aquellos a los que se les haya retenido, van a tener la devolución”, explicó la titular de la AFIP.
“Después hay otro tramo, que son los que están entre $150.000 y $173.000, que esos van a tener una reducción, en algunos casos sensible, de lo que se le va a retener por Ganancias”, aclaró.
Según estimación del Gobierno, la ley que se aprobó en abril pasado y que termina así de ser reglamentada hoy, beneficiará a 1,2 millón de trabajadores.
Claves de los cambios en Ganancias
- El aguinaldo queda excluido.
- Los trabajadores que cobran hasta 150.000 pesos brutos no pagarán ganancias.
- Los jubilados que perciben hasta ocho jubilaciones mínimas no pagarán impuesto a las ganancias.
- Hijos con discapacidad: se elimina el tope de edad.
- Personal de salud: queda eximido de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.
- Introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia.
- Permite deducir gastos por compra de herramientas educativas para los hijos, sin tope.
- Permite deducir gastos en cursos de capacitación: hasta $67.071,36 anuales.
- Permite deducir gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos: hasta $67.071,36 anuales.