AFIP ya empezó a devolver plata: cómo recuperar más de $100.000 del “adelanto a cuenta”

Se trata del porcentaje “a cuenta de Ganancias y Bienes Personales” que abonaron los ahorristas por compras de dólares o consumos con tarjetas de crédito, tales como Spotify o Netflix y viajes al exterior.

AFIP ya empezó a devolver plata: cómo recuperar más de $100.000 del “adelanto a cuenta”
Guía: cómo solicitar lo retenido por AFIP por la compra de dólares o el pago de servicios (Imagen ilustrativa)

La AFIP comenzó a abonar las devoluciones a quienes se les retuvo un 35% (hasta octubre de este año rigió ese porcentaje), “a cuenta de Ganancias y Bienes Personales”, por la compra de dólares o el pago de servicios en el extranjero (Netflix y Spotify, entre ellos), siendo que no tributan Ganancias -por cobrar salarios inferiores al mínimo no imponible-. En breve se podrán reclamar las percepciones de este año, pero antes de eso, el contribuyente tiene que tener la categoría necesaria para iniciar el trámite y es bueno saber cómo hacerlo.

Así, durante el corriente año, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó la devolución de $9.500 millones en concepto de devoluciones del Impuesto a las Ganancias.

La medida alcanzó a un universo de más de 323.000 contribuyentes. Solo durante la última semana de noviembre, el organismo fiscal procedió a devolver $1.300 millones a más de 27.000 contribuyentes. Cabe mencionar que el 95% de las devoluciones pagadas durante 2022 se efectuaron entre los meses de agosto y noviembre, habiéndose liquidado y pagado los correspondientes intereses.

Es que, como consecuencia del cepo a la compra de divisas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), retuvo el 35% de Impuesto a las Ganancias en cada compra de dólares (o pago de servicios), y en el mes de septiembre se habilitó la devolución de ese monto para los dólares que se compraron en 2021. De manera que durante octubre y noviembre, se estuvo efectuando la devolución para las personas que actualmente no tributan impuesto a las Ganancias.

En tanto que para este año, la devolución deberá ser mayor, ya que desde octubre se paga más por ese tributo ya que las compras con tarjeta de crédito o débito en el exterior (acá es donde se incluyen los servicios de streaming), tributan el 45% desde octubre.

¿Cuánto dinero podría devolverme AFIP?

Si durante todo 2022, una persona compró dólares (hasta u$s 200 por mes) y pagó cada mes el 35% “a cuenta”, ahora puede reclamar la suma de esos valores, en pesos y con el precio que pago en ese momento.

Así, el primer día hábil de enero de este año, el dólar cotizaba a la venta en $108, de acuerdo con lo publicado por el Banco Nación y a ese valor se le adicionó el 30% en concepto de “Impuesto País” ($140,40) y el 35% como adelanto de Ganancias y Bienes Personales ($178,20). Entonces, en enero podrían reclamarse $37,80 por cada dólar adquirido, o $7.560 por un total de u$s200 (con los valores del 3 de enero).

Para el 1 de febrero ya se pagaban $110,25 por cada dólar, por lo que la cuenta asciende a $38,60 por dólar o $7.720, por u$s200.

Mientras que el 1 día de este mes, el dólar cotizaba en $174,25, y el cálculo arroja $61 por dólar o $12.198 por $200.

Así, si se sumara mes a mes cuánto dinero se pagó a AFIP en concepto de este impuesto por la compra de u$s200 por mes, se podrían recuperar cerca de $100.000 por todo el año.

Pero no solo las compras de dólares tributan. Si, por ejemplo, alguien hubiese gastado u$s300 con tarjeta en noviembre y debiera solicitar reintegros por el 45% (tras el aumento de octubre), solo por ese mes, podría reclamar $73,35 por cada dólar, o $22.005 por el total (el dólar cotizaba a $162,50 el primer día de ese mes, ascendía $211,90 a con el impuesto del 30% y a $285,25 con el 45% a cuenta de Ganancias).

¿Cómo solicitar la devolución del Adelanto a Cuenta de Ganancias?

Para ello y según se puede leer en el micrositio del organismo, “Régimen de devolución de percepciones”, los solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos:

  • No se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.

¿Qué se necesita para solicitar la devolución?

Previo a efectuar la solicitud de devolución, los sujetos deben:

  • Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
  • Informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.
  • Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
El trámite se debe realizar por cada percepción a solicitar, de manera en que, si realizaste doce compras en el año, deberás completar 12 solicitudes.
El trámite se debe realizar por cada percepción a solicitar, de manera en que, si realizaste doce compras en el año, deberás completar 12 solicitudes.

Se debe realizar una solicitud por cada percepción que efectuó Afip durante el año anterior. En el apartado “Mis Retenciones” del sitio del organismo, al que se accede con clave fiscal, vas a poder encontrar cuántas percepciones te fueron realizadas.

De todas maneras, será necesario tener la documentación que compruebe cada operación (facturas, extractos de cuentas bancarias, o resúmenes de tarjetas de crédito, etc.).

¿Cómo solicitar el reintegro si no pago ni Ganancias ni Bienes Personales?

  • Informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada y poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Ir al servicio Devolución de Percepciones AFIP. Allí se encontrarán precargadas las percepciones practicadas el año anterior, o se podrán cargar manualmente con tickets y comprobantes.

Servicios como Netflix o Spotify también fueron gravados, y se pueden solicitar los reintegros por “pago a cuenta”.

  • Se puede seguir el trámite hasta su culminación, a través del servicioDevolución de percepciones”.
  • El monto de las solicitudes aprobadas será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria informada por el contribuyente al momento de realizar la declaración de la CBU.

¿Se puede recuperar el impuesto PAIS?

No, el 30% en concepto de impuesto PAIS no se recupera, sino que es parte del costo de la operación.

Paso a paso: ¿Cómo solicitar la devolución del 35% por la compra de dólares?

Acá se pueden hacer algunas distinciones. Quienes están alcanzados por Ganancias o Bienes Personales pueden completar las percepciones en el formulario 572web, en donde realizan habitualmente las deducciones del tributo, como cargas familiares, alquileres, servicios médicos, y otros.

El segundo paso para ellos, es posicionarse en “declaración jurada″ y en el apartado “otras retenciones, percepciones, pago a cuenta”, optar por “Pago a Cuenta- Resolución General (AFIP) 4815/2020″. Una vez completado el paso, debe generar una DDJJ y enviar el formulario (online) al empleador.

La devolución la realiza el empleador, y el trabajador tiene tiempo hasta el 31 de marzo para informar esas y otras deducciones. El reintegro del 35% llegará con los salarios de abril, en los primeros días de mayo.

Otra situación es la que tiene autónomos o monotributistas alcanzado por Bienes Personales, quienes podrán cargar los montos retenidos por compras y gastos en dólares en la declaración jurada anual, que presentarán en junio de 2023.

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