El Gobierno Nacional autorizó un incremento en las tarifas de servicios de internet que empezará a regir desde este mes. Se trata del segundo aumento del año, si se tiene en cuenta que en enero se permitió un incremento del 5%, y en esta oportunidad será del 7%.
No obstante, este nuevo aumentos solo lo podrán aplicar las empresas medianas, pequeñas, y cooperativas del sector que presten servicios de internet, y que posean menos de 100 mil clientes (las mismas que en enero pudieron aumentar hasta un 8%).
A raíz de las consecuencias económicas y sociales de la pandemia de COVID-19, el Gobierno dispuso un congelamiento de las tarifas hasta fines de 2020 y declaró estos servicios como esenciales. A mediados de diciembre del mismo año, se avanzó con el descongelamiento y se autorizó el incremento de enero, pero las empresas del sector aseguran que el atraso que dejó el año de la pandemia ronda el 20%.
“Los Servicios de TIC públicos, esenciales y estratégicos en competencia representan no sólo un portal de acceso a la salud, la justicia, la educación, el trabajo, la seguridad, el conocimiento, la información y al entretenimiento, sino que su incidencia es fundamental en la construcción del desarrollo económico y social”, argumentó el Enacom, dirigido por Claudio Ambrosini, en la resolución que autorizó el incremento, en el marco de “una política de precios razonable y dinámica”.
En el mismo marco, el Enacom también dispone de un aplicativo para solicitar la Prestación Básica Universal de estos servicios, que aplica para titulares de beneficios sociales, y personas con salarios mínimos.
Cautelar contra el congelamiento de las TICs
Por fuera del incremento autorizado para las empresas con menor cantidad de clientes, representantes de la industria de la TV por cable de la provincia de Córdoba, acudieron a la Justicia para protestar contra el decreto 690/20 que declaró como servicio público esencial las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y congeló las tarifas de la telefonía fija y celular, de internet y de la TV paga.
Por esta razón, el Juzgado Federal Nº1 de Córdoba dictó una cautelar contra el decreto, y determinó la suspensión de este y del 311 (que estableció la abstención de corte de Servicios en casos de mora durante la emergencia sanitaria).
Según informó la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC), el fallo ordena al Poder Ejecutivo Nacional y al Enacom a “abstenerse de emitir y llevar a cabo acto alguno con fundamento en dichos decretos, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.
Para la Justicia, el Enacom no se encuentra facultado a continuar dictando normas derivadas del Decreto de Necesidad y Urgencia que dictó el congelamiento, y el mismo “impide a las empresas poder recuperar las inversiones realizadas y continuar prestando sus servicios tal como hacen hoy”.
“La situación de nuestra industria empeoró con el dictado de la Resolución 1466 de diciembre último, que únicamente autorizó un aumento de entre el 5 y el 8%”, señalaron desde la ATVC, y señalaron que, “ello resulta absolutamente irrazonable e insuficiente en tanto la inflación oficial del año pasado fue del 36% según el INDEC y nuestros precios están congelados desde hace más de un año”.
“En ningún país del mundo los servicios TICs tienen una regulación con estos alcances ni un régimen de precios general intervenido por el Estado”, cerraron.