El presidente Alberto Fernández confirmó durante su visita a París, que el Gobierno no avanzará con el aumento de “suma fija” que reclamó Cristina Kirchner, pero sí habló de un “bono de fin de año para salarios más postergados”.
El mandatario afirmó que “las paritarias funcionan plenamente y hay que dejarlas funcionar”, y defendió la decisión de avanzar, en cambio, con el pago de un bono y aseguró que lo definiría a su regreso al país. De manera que se espera que, en los próximos días, se anuncien los detalles.
Hasta el momento, se pueden tener en cuenta algunas variables que definirían si un salario puede considerarse como “postergado”: la suma de tres salarios mínimos vitales y móviles por grupo familiar (medida que se utiliza para políticas públicas como el Progresar); y la Canasta Básica Total; además del salario promedio de los trabajadores registrados.
- En el primer caso, en diciembre el SMVM sube a $ 61.953 y la suma de tres de ellos ascendería a $185.859;
- La Canasta Básica Total al mes de octubre alcanzó los $ 139.737,74 (el 20 de diciembre se conocerá el dato de noviembre) para una familia de cuatro personas;
- Por último, el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) muestra que el sueldo promedio de los trabajadores registrados llegó a 155.611,28 pesos mensuales en agosto. Así, en lo que va del año, los mismos aumentaron 45%, frente a una inflación del 56,4% (a agosto), resultando una pérdida de 7,2 puntos porcentuales.
Los indicadores anteriores rondan los ingresos mínimos que necesita un trabajador para cubrir las necesidades propias y de su familia, y en todos los casos, la inflación redujo el poder adquisitivo de los mismos, por lo que podría considerarse que quienes no alcanzan a reunir esos montos, resultaron “postergados” y deberían cobrar el bono.
¿Hasta cuándo se pagaría?
Por tratarse de un bono y no de salario como tal (carácter remunerativo), no se enmarca en la Ley de Contrato de Trabajo, y por lo tanto no habrá fecha para cobrarlo, hasta tanto no sea definida por el Ejecutivo.
Sin embargo, podría enmarcarse en los tiempos que rigen para el pago del salario y/o del aguinaldo. En el primer caso, los plazos de pago de los salarios, de acuerdo a lo dispuesto por la LCT, son los siguientes:
- Al personal que cobra mensualmente, al finalizar el mes trabajado.
- Al personal que se le paga por jornal o por hora, al vencimiento de cada semana o quincena.
- Al personal que se le paga por pieza o medida, al terminar la semana o quincena, por el total de los trabajos realizados en ese período.
Una vez vencidos los períodos mencionados, el plazo que tiene el empleador para abonar los sueldos es de cuatro días hábiles para los trabajadores que cobran por mes o quincena, y de tres días hábiles para los que cobran semanalmente.
Mientras que el aguinaldo, según establece la Ley N° 23.041, será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre de cada año (con los mismos cuatro o tres días de gracia, según el caso).
Además, para que el bono sirva para que los trabajadores reciban algo de dinero extra antes de las fiestas de fin de año, el mismo debería abonarse antes del 24 de diciembre, por lo que esa podría ser la última fecha a considerar.
Los trabajadores que ya tienen el bono confirmado
El bono de fin de año para los trabajadores rondaría entre los $30.000 y los $45.000, pero sigue sin estar claro el universo que será alcanzado. Ahora bien, existen algunos gremios que ya se aseguraron de dejar por escrito el beneficio para sus trabajadores, con montos superiores a los mencionados:
Camioneros y petroleros recibirán bonos de $100.000, pero los primeros lo recibirán en cuatro cuotas, y los segundos en dos.
El bono de 2019, un antecedente a tener en cuenta
El 26 de septiembre de 2019, el Gobierno Nacional, con quien fuera el presidente en ese momento, Mauricio Macri, a la cabeza, oficializó el pago de un bono de $5.000 para trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
La medida fue publicada en la madrugada de ese jueves en el Boletín Oficial a través del decreto 665/2019.
Allí se aclaraba que, teniendo en cuenta “los recientes acontecimientos económico-financieros desencadenados y la incertidumbre generada en el marco del proceso eleccionario en curso”, se abonaría dinero extra en los “plazos, cuotas y condiciones que establezcieran las partes”.
Si se repitiera el esquema, al menos en la parte privada, podría definirse entre empleadores y empleados cómo y cuándo se cobrará el bono.