Los trabajadores de empresas que forman parte del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) no podrán acceder al mercado cambiario, ya que para el Gobierno se trata de una “ayuda social” similar al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
El motivo es que el aporte de Anses para “completar” el salario de esa persona se considera ayuda social, por lo tanto, ese empleado quedaría alcanzado por la comunicación "A" 7105, que lo excluye del mercado único y libre de cambios (MULC). Lo mismo sucede con beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y Asignación Universal por Hijo.
De esta manera, los empleados en relación de dependencia a empresas inscritas al ATP no podrán comprar su cupo mensual de US$ 200, según los voceros del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Si una persona aparece en registros de Anses como receptor del salario complementario por el ATP, queda excluida de ahorrar en dólares de manera legal. En la dirección web http://servicioswww.anses.gob.ar/censite/ cualquier persona física o jurídica puede chequear si es beneficiaria de un plan social.