La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos), publicó 21 concursos para participar del “procedimiento de selección para la designación de Encargados Titulares de los Registros”.
Los mismos están dirigidos a “abogados/as, escribanos/as, contadores/as públicos e idóneos/as previstos en el artículo 2° de la Resolución (ex) M.J.S. y D.H. N° 238/03 y sus modificatorias”.
¿Cómo quedarse con un registro?
Las inscripciones se llevarán a cabo a través de la plataforma de TRÁMITES A DISTANCIA (TAD) integrada por el módulo “Trámites a Distancia” (TAD), del SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE), ingresando a través del link que se encuentra disponible en la página web www.dnrpa.gov.ar.
El listado de los aspirantes admitidos a la evaluación teórica será publicado en la misma página web: https://www.dnrpa.gov.ar/concursos_publicos/rrss-concursos.php.
Garantías millonarias para participar
Los llamados a concurso responden a la necesidad de designar nuevos encargados para los Registros en las provincias de Entre Ríos, Córdoba, Chaco, Corrientes, Neuquén, Buenos Aires y CABA, Tucumán y Santiago del Estero. Además de los requisitos profesionales se exigen garantías que, en esta oportunidad, superan los $15 millones.
Así, por ejemplo, para un Registro Seccional de la Propiedad Automotor de Paraná, Entre Ríos, (N° 2 (08020), el monto de la garantía a afianzar será de $ 21.916.432,04. Para Córdoba, $ 25.072.187,14; en CHACO, $ 36.149.641,11; y en CORRIENTES, $ 28.491.986,29.
En Provincia de Buenos Aires, en monto de la garantía a afianzar para uno de los concursos será de $23.405.910,53; aunque se publicó uno por $15.635.412,41; y uno por $ 31.933.404,81 como garantía para CABA.
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION
Resol. (ex) M.J.S. y D.H. N° 238/03 y sus modificatorias - Art. 10:
1- Fotocopia del D.N.I. certificada por escribano público (legalizada por el Colegio de Escribanos - excepto C.A.B.A.). Ser argentino, nativo o naturalizado con más de cuatro años de ejercicio de la ciudadanía. Ser mayor de edad y no tener más de sesenta años.
2- Abogado, escribano o contador público nacional: fotocopia del título certificada por escribano público (legalizada por el Colegio de Escribanos - excepto C.A.B.A.).
Licenciado en administración o economía (idóneo del art. 2°): fotocopia del título certificada por escribano público (legalizada por el colegio de escribanos - excepto C.A.B.A.).
3- Certificado de aptitud psicofísica, otorgado por un establecimiento de salud pública (hospitales públicos o dependientes de salud pública, extendidos con una anticipación no mayor de sesenta (60) días a la fecha de su presentación). El certificado deberá decir: “Apto psicofísicamente” con fecha, firma y sello del profesional responsable. Será válida la presentación de dos (2) certificados médicos; uno de aptitud física expedido por un médico especialista de un establecimiento de salud pública y, del mismo modo, otro certificado de aptitud psíquica de igual establecimiento.
4- Declaración jurada de no estar comprendido en impedimento alguno que le imposibilite el ingreso a la Administración Pública Nacional (Anexo I de la Disposición D.N.N° 141/03 Disposición D.N. N° 141/03 ).
Además deberán acreditar:
a) DOS (2) años de experiencia profesional
- acompañando para ello un curriculum vitae y un certificado de antecedentes disciplinarios expedido por el Colegio o Consejo Profesional que corresponda, con resultado negativo;
- para el caso de aquellos/as profesionales que se desempeñen en relación de dependencia sin estar matriculados/as en el Colegio Profesional correspondiente, el certificado de antecedentes disciplinarios deberá ser expedido por el/la superior jerárquico/a con facultades suficientes para ello;
- se tendrá por cumplimentado el requisito de DOS (2) años de experiencia profesional en los casos de postulantes que se hubiesen desempeñado durante ese mismo lapso – dentro de los últimos CINCO (5) años anteriores al llamado a concurso – como Interventores/as de un Registro Seccional en cualquiera de sus competencias;
b) Constituir un domicilio electrónico, al que se remitirán las notificaciones a todos los efectos del concurso – con excepción de lo dispuesto en el artículo 16 – y declarar bajo juramento, en la forma en que lo establezca la Dirección Nacional que conocen y aceptan las disposiciones de la presente;
c) Constancia con resultado negativo de consulta a las bases de datos del Banco Central de la República Argentina ( www.bcra.gov.ar );
d) Constancia con resultado negativo expedida por el Registro de Juicios Universales, correspondiente al domicilio real del postulante (concursos y quiebras con firma y sello de la autoridad correspondiente).
e) Certificado de Ausencia de antecedentes penales: extendido por el Registro Nacional de Reincidencia (con una anticipación no mayor de treinta (30) días a la fecha de presentación - www.dnrec.jus.gob.ar ).