La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) otorga créditos a jubilados y pensionados, y personas que cobran la Pensión Universal para el Adulto Mayor, la pensión no contributiva por Vejez, Invalidez, o por ser Madre de 7 hijos, pero según informaron, en breve se ampliarán las líneas para trabajadores en relación de dependencia y monotributistas, con menores de 18 años a cargo, o hijos discapacitados.
Es que, según informaron, retornarán los préstamos para titulares de Asignaciones Familiares (salario familiar), y titulares de la Asignación Universal por Hijo.
“Nos encontramos trabajando en el relanzamiento de Créditos ANSES para los y las titulares de Asignaciones Familiares y para las y los titulares de la Asignación Universal por hija e hijo”, se puede leer en la web del organismo.
Ademas, recordaron que, en el mes de diciembre de 2020 se reanudó el cobro de las cuotas de los Créditos ANSES con una baja en la tasa de interés. A partir de ahora la misma será del 32% (Tasa Nominal Anual) para las y los titulares de Asignaciones Familiares o de AUH. Asimismo, no se cobrarán los intereses generados durante la suspensión de las cuotas entre enero y noviembre de 2020.
Estas medidas impacta a más de 5 millones de beneficiarios y beneficiarias titulares de préstamos vigentes.
¿Quiénes podrán acceder a los créditos de Anses?
El universo de potenciales beneficiarios es el mismo que el de titulares de asignaciones, ya sea de la AUH, o de la asignación familiar.
En el primer caso, cobran AUH, los desocupados, trabajadores no registrados, trabajadores del servicio doméstico, monotributistas sociales, y personas inscriptas en el Potenciar Trabajo, con hijos menores de 18 años a cargo (no hay límite de edad en caso de hijo con discapacidad).
En el segundo caso, cobran asignaciones familiares, los trabajadores en relación de dependencia. (Sistema Único de Asignaciones Familiares – SUAF), monotributistas, trabajadores de temporada con reserva de puesto de trabajo, trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo, personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, y jubilados o pensionados con hijos a cargo, menores de 18 años, o con alguna discapacidad.
Para cobrar la asignación familiar, los ingresos del titular de la misma, tanto individual como del grupo familiar, deben estar entre los topes mínimo y máximo vigentes.