En tiempos donde la inflación es uno de los grandes enemigos de los argentinos, tener la posibilidad de contar con una importante suma de dinero para hacer alguna pequeña inversión después devolver el monto en cuotas puede llegar a ser una gran ventaja. En este sentido, el Banco Nación ofrece a empleados públicos nacionales, provinciales, municipales y comunales la posibilidad de acceder a préstamos personales en efectivo de hasta $5 millones.
En este préstamo, que es a sola firma del interesado y sujeto a la evaluación crediticia, la tasa de interés aplicada al inicio se mantendrá fija durante todo el plazo del mismo, el cuál puede ser de hasta 72 meses. Asimismo, el importe de la cuota no debe superar el 30% del haber mensual o el 35% si percibe haberes en el BNA. El porcentaje de afectación se realizará tomando como base la primera cuota del préstamo calculada para 30 días.
Cuánto se devuelve por un crédito del Banco Nación
Tomando como ejemplo el de un empleado que cobra sus haberes en el Banco de la Nación Argentina, si se desean solicitar $2 millones a devolver en un plazo de 72 meses, el costo total de cuota mensual sería de $165.584,13. Sin embargo, a este monto no pueden acceder todos los empleados, sino solo aquellos que tienen un ingreso neto mayor a $551.947,10.
Si de referencia tomamos un empleado que cobra como neto el equivalente a dos salarios mínimos, es decir, uno $139.000, lo que podría solicitar es como máximo un monto de $500.000 (para el cuál en Banco Nación exige un ingreso neto de $137.986,78). En este caso, si el préstamo se solicita a 72 meses, la cuota mensual a devolver sería de $41.396,03.
Quiénes pueden acceder a un crédito del Banco Nación
En la mencionada línea de crédito, son dos los grandes grupos que pueden acceder al beneficio de un préstamo.
- Empleados de la Administración Pública Nacional: personas humanas, personal de planta permanente o contratados bajo el régimen del artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 con un mínimo de 6 (seis) meses de antigüedad en el empleo. Personal de planta temporaria (cuando estén amparados por decretos y/o resoluciones del Ministerio de Economía y/o del organismo donde presta servicios) y contratados con una antigüedad mínima de un año en el empleo u oficio y contrato anual vigente, aptos para obligarse, en todos los casos con una edad máxima a la fecha prevista para la cancelación del préstamo que no sea superior a la prevista para jubilarse en el régimen al que pertenece, y que cuenten con certificación de haberes. Para aquellos que perciban sus haberes en BNA: la antigüedad necesaria se fija en 3 (tres) meses (independiente a la situación que revistan). Es condición que el organismo empleador tenga vigente un convenio para el descuento de la cuota en haberes, dentro del marco reglamentario previsto en el Decreto 14/2012 del Gobierno Nacional.
- Empleados de la Administración Pública Provincial, empleados y magistrados del Poder Judicial y Legislativo de las provincias: personas humanas, personal de planta permanente con un mínimo de 6 (seis) meses de antigüedad en el empleo. Personal de planta temporaria (cuando estén amparados por decretos y/o resoluciones del Ministerio de Economía y/o del organismo donde presta servicios) y contratados con una antigüedad mínima de un año en el empleo u oficio y contrato anual vigente, aptos para obligarse, en todos los casos con una edad máxima a la fecha prevista para la cancelación del préstamo que no sea superior a la prevista para jubilarse en el régimen al que pertenece, y que cuenten con certificación de haberes. Para aquellos que perciban sus haberes en BNA: la antigüedad necesaria se fija en 3 (tres) meses (independiente a la situación que revistan). Es condición que el organismo empleador o en su caso, el propio gobierno provincial cuente con un convenio para el descuento de la cuota en haberes.