El domingo, en su cuenta de Twitter, el ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que el piso a partir del cual se comienza a pagar Ganancias se eleva a $506.230. Pero también se conoció que las exenciones al pago de este impuesto -bonos por productividad, fallos de caja, viáticos y horas extras- serán retroactivas a todo el período fiscal 2023 y en contribuyente no deberá realizar ningún trámite para que se le apliquen.
Estos beneficios surgieron de un acuerdo entre Massa y la Confederación General del Trabajo (CGT), por el que más de 600.000 trabajadores en relación de dependencia dejarán de pagar Ganancias, por una serie de adicionales de convenio. En Mendoza, el beneficio alcanza a 21.546 contribuyentes. La mejora salarial de bolsillo, según los rubros en los que se desempeñe cada empleado, será de hasta un 16%.
Entre los conceptos que ya no pagarán el impuesto se encuentran:
- Bonos por productividad, fallo de caja y conceptos de similar naturaleza.
- Movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas.
- Horas extras, adicionales por turno rotatorio y similares.
Los principales beneficiados son docentes, policías, médicos, y empleados de la industria, el comercio y la construcción. En El Cronista detallan que los empleadores deberán reliquidar y reintegrar -en caso de corresponder- las deducciones de Ganancias en conformidad con los topes establecidos por la Resolución General Nº 5314/2023, respecto al año fiscal 2023 inclusive, sin necesidad de intervención de los trabajadores bajo relación dependencia.
Se debe recordar que el beneficio de la excepción de esos adicionales solo aplicará a quienes cuya remuneración bruta mensual no supere los $808.124,73, mientras que el monto anual de deducción será de hasta $180.673,28 por cada uno de esos suplementos, es decir, unos $13.898 mensuales.
Nuevo piso
El martes 25 de abril se modificó el límite para pagar Ganancias en $506.230 de salario bruto. La modificación beneficia a 8.977 mendocinos, de acuerdo a la información oficial. Se debe tener en cuenta que los cálculos no incluyen los eventuales aumentos que perciba el trabajador, con lo cual cada uno deberá verificar su situación cuando en junio se le entregue el recibo de sueldo correspondiente; y no se modificó el mínimo no imponible para los trabajadores que sí pagan Ganancias.
En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.