El Gobierno nacional introdujo nuevos cambios en los requisitos para cobrar el tercer pago del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que comenzó a abonarse esta semana. Las modificaciones aplicadas quedaron formalizadas en una resolución del Ministerio de Trabajo y fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial.
El objetivo del Gobierno nacional es que el monto de los 10.000 pesos que acredita la ANSES llegue a sectores más vulnerables y fortalezca la llegada del beneficio, sobre todo, a desocupados o trabajadores de la economía informal.
Uno de los cambios que realizó este jueves el Gobierno está vinculado con el pago del beneficio a los presos: “Aclárese que las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas por las previsiones del Decreto N° 310/2020 y su modificatorio, por no reunir la calidad de destinatarios”, detalla la resolución oficial.
Otro de los cambios es también que cuando el/la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la Anses, sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo: "el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades ya establecidas".
Por su parte, la Anses, requerirá a la AFIP para la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud nueva que se registre para el cobro del tercer IFE.
En tanto, el Ministerio de Trabajo estableció que el IFE “se abonará a través de una transferencia bancaria en la cuenta del solicitante, siempre y cuando fuera posible este canal. En su defecto, el pago se gestionará a través de otras modalidades que la Anses disponga”.
La cartera a cargo de Claudio Moroni explicó además que los cambios se realizan “a fin de poder fortalecer la llegada de esta prestación excepcional a los sectores más vulnerables, deviene necesario introducir ciertas modificaciones”.
Requisitos para cobrar el IFE
· Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado/a, residente en el país, o extranjero/a con residencia legal en la República Argentina no inferior a DOS (2) años anteriores a la solicitud
- Tener entre 18 y 65 años de edad.
- No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:
- Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del realizado en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
- Trabajo por cuenta propia como Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
- Prestación por desempleo.
- Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del Progresar.
Es necesario recordar que de estos requisitos están exceptuados los titulares de derecho de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social.