En el comienzo de esta semanas, la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, anunció que firmó la reglamentación de las modificaciones al Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia. Así, la exención del impuesto comenzará a regir en los salarios de junio, que se pagan el mes próximo, y en el medio aguinaldo (SAC).
Conforme a la estimación del Gobierno, la ley que se aprobó en abril pasado y que fue reglamentada ayer, beneficiará a 1,2 millón de trabajadores con salarios de hasta 150 mil pesos netos. Por lo que “solo uno de cada 10 trabajadores en relación de dependencia se ve alcanzado por Ganancias”.
Así mismo, Marcó del Pont manifestó que “todos los que ganen hasta 150 mil pesos no van a tener retención y los que están entre 150 mil y 173 mil verán una reducción en la carga tributaria”.
¿Cómo se verá reflejado en los sueldos de los trabajadores? A partir del próximo cobro cerca de 1.270.000 de trabajadores y jubilados que cobran hasta $150.000, podrán cobrar en algunos casos en el mes de julio hasta $19.280 más por estos cambios, como por ejemplo en aquellos trabajadores solteros que tienen un salario bruto de $150.000.
Quienes menos percibirán serán los solteros que cobran un salario bruto de $110.000, ya que recibirán una mejora de bolsillo de $3.315. Para aquellos que cobran $130.000 de sueldo bruto, la mejora será de $10.143 para el próximo sueldo.
Por otra parte, los trabajadores que cobren entre $150.000 y $173.000 tendrán un alivio fiscal. También, se elevó el mínimo no imponible para el pago de Ganancias para retirados, jubilados y pensionados, de seis a ocho haberes mínimos garantizados.
De esta manera, sólo pagarán el impuesto los beneficiarios que perciben haberes brutos iguales o mayores a $164.571,52 mensuales, un piso que se ajustará automáticamente cada tres meses, por aplicación de la ley de movilidad jubilatoria.
Claves de los cambios en Ganancias
- El aguinaldo queda excluido.
- Los trabajadores que cobran hasta 150.000 pesos brutos no pagarán ganancias.
- Los jubilados que perciben hasta ocho jubilaciones mínimas no pagarán impuesto a las ganancias.
- Hijos con discapacidad: se elimina el tope de edad.
- Personal de salud: queda eximido de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.
- Introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia.
- Permite deducir gastos por compra de herramientas educativas para los hijos, sin tope.
- Permite deducir gastos en cursos de capacitación: hasta $67.071,36 anuales.
- Permite deducir gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos: hasta $67.071,36 anuales.