El Banco Central sostiene las restricciones a la compra de divisas, por lo que quienes fueron incluidos en algún plan de sostenimiento del empleo durante la pandemia siguen sin poder acceder a la opción más barata del mercado. Pero para quienes quedaron fuera de dichos planes, con el inicio de un nuevo mes, se renueva el cupo de hasta USD 200 para adquirir el denominado “dólar ahorro”.
En promedio, en bancos y casas de cambio, el dólar cotiza para la compra en $103,06 y para la venta en $110,18. Sobre este último valor se aplica el 30% en concepto de impuesto PAÍS, que lleva la divisa a $143,23, el valor más bajo del mercado.
Además, a la compra de dólares en los bancos hay que cargarle un 35% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales, este importe se puede deducir (para quienes están alcanzados por los impuestos mencionados) o se puede recuperar mediante un formulario de AFIP, pero a fin de año y a valores históricos (sin actualización por inflación). En promedio, el dólar termina en $181,79, en bancos y casas de cambio, con impuestos incluidos para el segmento vendedor.
Además, existe una última limitación, y es que quienes usen su tarjeta de crédito en el exterior o para pagar cualquier servicio en el exterior ocupan parte de ese cupo. Aunque para estas compras no hay límite, si se gastan más de 200 dólares, se restará el excedente del cupo del mes siguiente, y de tantos meses como sea necesario hasta cubrir lo que se hubiera consumido.
¿Cuánto falta para volver a comprar dólares en el banco?
El Banco Central publicó sus objetivos para este año, entre los que se incluye: “gestionar prudentemente las regulaciones cambiarias con el fin de adaptarlas a las necesidades de la coyuntura, favoreciendo la estabilidad monetaria y cambiaria”.
No obstante, aclaran que esto se hará “en la medida que las condiciones macroeconómicas lo permitan”. “Se irán flexibilizando las regulaciones, con el objetivo de mantener en el mediano y largo plazo un conjunto de normativas macroprudenciales compatibles con la dinamización de los flujos de capitales orientados a la economía real”, agregan.
De manera que, por el momento, y hasta tanto existan reservas suficientes para hacer frente a los compromisos de deuda, al sector exportador, y al sector productivo del país, no se habilitará la compra para los ahorristas comunes, que fueron excluidos por haber cobrado cualquier asistencia del Estado durante la pandemia, ya fuera un crédito a tasa subsidiada, o parte de sus salarios vía ATP o Repro, entre otros.
Sin embargo, quienes tengan dudas sobre si ya se encuentran habilitados o no para la compra de divisas, tienen la opción de descargar la certificación negativa de Anses, con la que podrán tramitar la habilitación en el banco en el que tengan cuenta dólar.
Se trata de un comprobante que emite el organismo, y tiene una validez de 30 días, donde se deja constancias que no registrás:
- Declaraciones juradas como trabajador/a bajo relación de dependencia.
- Declaraciones Juradas de provincias no adheridas al Sistema Integral Previsional Argentino (tanto para trabajadores/as activos/as como pasivos/as).
- Transferencias como Autónomo y/o Monotributista y/o Trabajadores de Casas Particulares.
- Cobro de Asignación por Maternidad para Trabajadora de Casas Particulares.
- Cobro de la Prestación por Desempleo.
- Cobro de programas sociales.
- Cobro de la Asignación Universal por Hijo e Hija y/o embarazo.
- Cobro de Asignaciones Familiares.
- Cobro de Progresar.
- Iniciación de Prestación Previsional Nacional
- Cobro de prestaciones previsionales vigentes a la fecha de la solicitud.
- Obra social.
Además, en este comprobante figura si te encontrás o no registrado como Monotributista Social informado por el Ministerio de Desarrollo Social. La certificación negativa obtenida a través de la página web de ANSES no requiere sello o firma de un agente del organismo.
¿Quienes no pueden comprar dólar ahorro?
- Beneficiarios del IFE, AUH y el resto de los planes sociales.
- Trabajadores que recibieron ATP o Repro en 2020 (asistencia al salario por parte del Estado).
- Beneficiarios de préstamos subsidiados a monotributistas.
- Quienes refinanciaron cuotas de créditos personales, prendarios e hipotecarios.
- Los que refinanciaron el saldo de la tarjeta de crédito.
- Deudores de créditos hipotecarios UVA con cuotas congeladas.
- Cotitulares de cuentas bancarias.
- Quienes no tengan ingresos declarados.