El Banco Central de la República Argentina (BCRA) levantó hoy la restricción que pesaba sobre la cantidad de transferencias que podían hacerse sobre cuentas en moneda extranjera.
Lo hizo a través de la Comunicación 7933 que dejó sin efecto el inciso iv) del punto 5.1.3 que versaba sobre “Sistema Nacional de Pagos de Transferencias”.
Esa prohibición impedía realizar más de una transferencia por mes sobre cuentas en moneda extranjera, lo cual afectaba tanto a inversores, como a familias y empresas.
Si bien para inversores y empresas la eliminación de la norma implica mejores condiciones para desarrollar sus acciones financieras, para las familias resulta determinante para el financiamiento de diferentes actividades como el pago de estudios en el exterior.
La prohibición quedaba enmarcada en la política de “Conozca a su cliente” de los bancos que exigía una revisión de la transferencia sobre “cuentas de destino nominadas en moneda extranjera a partir de una segunda transferencia recibida durante el mes calendario”.
En ese caso “las entidades receptoras deberán diferir la acreditación hasta eliminar cualquier sospecha de incumplimiento normativo en lo que refiere a la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos”.