Cuatro meses después de la última convocatoria al consejo del salario mínimo, vital y móvil (SMVM), el Gobierno nacional volverá a reunir a los representantes del sector empresario y las centrales sindicales. El encuentro está previsto para el próximo 19 de diciembre, justo antes de las fiestas, con el propósito de actualizar el piso de dicha remuneración.
“Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 19 de diciembre de 2024, a las 16:30 horas (DIECISEIS TREINTA HORAS), mediante plataforma virtual”, dicta la resolución oficial de la secretaría de Trabajo.
El llamado trascendió después de la protesta en Plaza de Mayo, este jueves por la tarde. La misma estuvo encabezada por las dos vertientes de la CTA, impulsadas por un paro sectorial de los estatales de ATE y sin la participación de la CGT, en rechazo al plan de ajuste del gobierno.
La expectativa de las autoridades es que la discusión alumbre un aumento del orden del 3%, apenas por encima de la inflación de octubre (2,7%), pero muy por debajo de lo necesario para recuperar la pérdida sufrida en el 2024.
La última convocatoria fue en julio pasado cuando el Gobierno laudó ante la falta de acuerdo y determinó una suba del 15,9% en cuatro cuotas, de julio a octubre. De esta manera, desde el último mes previsto, el salario mínimo para trabajadores mensualizados con jornada completa se fijó en $271.571,22, mientras que para los jornalizados alcanzó $1.357,86 por hora.
Ante este panorama, el salario mínimo subió un 73% en el año (pasó de $156.000 a $271.000), mientras la inflación aumentó un 107% hasta octubre. Eso significa una pérdida de poder de compra del 16% en un contexto donde el 35% de los trabajadores vive en hogares pobres y un 49% de la población era pobre en el tercer trimestre, según el reciente informe de la UCA.
Por su parte, el Centro de Investigación y Formación de la República Argentina (CIFRA) de la CTA apuntó que el SMVM tuvo una “pérdida brutal” de poder adquisitivo apenas asumido el gobierno actual, producto del efecto de la devaluación de la moneda y su impacto en los precios.
Y agregó: “En los meses subsiguientes, en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil fue la Secretaría de Trabajo la que determinó los aumentos nominales, que implicaron que se mantuviese prácticamente congelado en ese deprimido valor. No hubo recuperación alguna para el salario mínimo, que en octubre con $271.571 mostró un valor real 28,4% menor que en noviembre de 2023″.
Según CIFRA, la pérdida se acumula con retrocesos de años anteriores, ya que en cada uno de los años 2018, 2019 y 2020 el salario mínimo vio disminuir más de 10% su poder adquisitivo. “De este modo, en octubre de 2024 el poder de compra de este salario mínimo fue 39,9% menor que en noviembre de 2019, al final del gobierno de Cambiemos, y 54,0% menor que noviembre de 2015″, aseguró.
“El retroceso histórico es tan grande que el valor real del salario mínimo ya es inferior al vigente durante la mayor parte de la década de 1990 y en la crisis final del régimen de convertibilidad, cuando esta política se había abandonado como herramienta para determinar pisos salariales e impulsar una menor desigualdad salarial”, destacó el informe de CIFRA.
De acuerdo al reporte de Clarín, el salario mínimo impacta sobre los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora. Y de manera indirecta sirve como referencia sobre los trabajadores no registrados o informales. A su vez, los que se jubilaron con 30 o más años de aportes (sin recurrir a las moratorias) tienen derecho a cobrar el 82% del SMVM.
Por otra parte, cabe recordar que la prestación por desempleo equivale al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo. Su monto mínimo nunca será inferior al 50% del salario mínimo y el máximo nunca superará el 100% de dicha remuneración.