El Senado le dio este jueves media sanción a dos proyectos de importancia para Mendoza: uno, que reforma el estatuto de empleados contratistas de viñas en lo relativo a la indemnización y la mensualidad, y el otro, que establece un régimen de jubilación especial para estos trabajadores.
El Trabajador Contratista de Viñas y Frutales, según la Ley Nº 20.589, es una figura laboral atípica, ya que está en relación de dependencia y, a la vez, es socio del empleador por el porcentaje de la cosecha que percibe.
La autora de ambas iniciativas —que fueron aprobadas por unanimidad, 65 votos afirmativos a 0 negativos— es la senadora Anabel Fernández Sagasti, del Frente de Todos, quien subrayó que “son muchos ya los años de lucha y de reclamos” de los trabajadores del sector.
“El contratista de viña recibe 10 mensualidades anuales, no 12, como cualquier trabajador. Es decir que hay dos meses en el año, marzo y abril, en los que no recibe salarios. No se les hacen aportes jubilatorios y carecen también de obra social”, señaló Sagasti en la sesión especial de la Cámara Alta de este jueves.
Lo que establece el proyecto es que en vez de recibir esas 10 mensualidades reciban 12, lo cual a criterio de Fernández Sagasti es una corrección “de sentido común” y acorde “con el siglo XXI”.
El primer proyecto establece que en los casos en que la rescisión del contrato de viñas y frutales se produzca sin causa justificada y antes del vencimiento del año agrícola, el contratista perciba la indemnización por antigüedad aun cuando no se complete el primer año de trabajo.
También prevé que en caso de despido, la indemnización se contemple para el concepto de mensualidad el proporcional a 12 meses, y no a 10 meses, como se mantiene hasta ahora.
Por otra parte, determina que corresponde al contratista un porcentaje de la producción, que en ningún caso puede ser inferior al 15% ni superior al 19%, deducidos los gastos de cosecha, acarreo y todos aquellos comunes y normales en la comercialización de las uvas y frutas.
La figura del contratista de viña hace referencia a la familia que trabaja en el cuidado y cultivo de la vid y que conforma sus ingresos con una mensualidad que actualmente percibe durante 10 meses (de mayo a febrero) y un porcentaje (del 15 al 18%) de la cosecha.
Retiro
El otro proyecto sancionado y girado a Diputados es el “Régimen Previsional Especial para Obreros/as y Empleados/as de Viñas y para Contratistas de Viñas”, ya que estos trabajadores no gozan de los beneficios jubilatorios que confiere la ley 26.727, de Trabajo Agrario.
La iniciativa establece que tendrán derecho a acceder a la jubilación ordinaria con un mínimo 57 años de edad, sin distinción de género, siempre que acrediten 25 años de servicios, con aportes.
Actualmente, los trabajadores de viñas se jubilan a los 65/60 años (hombres/mujeres) y con 30 años de aportes, como lo establece la ley de Contrato de Trabajo (LCT).
Un aspecto de relevancia es que, para no desfinanciar el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) por la baja de la edad de retiro, las contribuciones patronales se incrementen dos puntos porcentuales.
A través de sus colaboradores, Fernández Sagasti hizo saber que la ley apunta a “beneficiar a 45.000 trabajadores y 3.500 contratistas de viña del país, y darle una adecuada cobertura en función de las características, el modo y el lugar del desempeño de su actividad y el esfuerzo/ desgaste físico que demanda al trabajador”.
Apoyo opositor
El senador radical Julio Cobos expresó su apoyo a los proyectos de Fernández Sagasti, que también llevan su firma en los dictámenes, y recordó que en 2011 se le dio un régimen especial al trabajador rural, llevando a 57 años la edad para jubilarse con 25 años de aportes, beneficios de los que quedaron afuera los obreros de viñas. “Ahora los estamos equiparando”, dijo el senador por Mendoza.