En qué consiste el beneficio que otorgará AFIP a inquilinos y propietarios que impactará en los alquileres

El incentivo tendrá efecto en el valor de los alquileres y tiene el objetivo de aumentar la oferta en el mercado inmobiliario formal.

En qué consiste el beneficio que otorgará AFIP a inquilinos y propietarios que impactará en los alquileres
Confirman el beneficio para propietarios e inquilinos. ¿En qué consiste? Foto:José Gutierrrez / Los Andes

La AFIP implementó nuevas deducciones y prórrogas con el objetivo de beneficiar al mercado de alquileres, tanto a propietarios como a inquilinos. En detalle, se ha establecido una deducción del Impuesto a las Ganancias tanto para propietarios como para inquilinos.

Según argumentaron desde el ejecutivo, este incentivo fiscal busca mejorar el acceso al alquiler y aumentar la oferta en el mercado formal, lo que también contribuirá a estabilizar los valores.

El beneficio que otorga AFIP busca impactar de lleno en el mercado inmobiliario formal.
El beneficio que otorga AFIP busca impactar de lleno en el mercado inmobiliario formal.

Beneficios de la AFIP para inquilinos y propietarios

El pasado jueves se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5521/2024, que confirmó la aplicación de una deducción del 10% del monto total anual del Impuesto a las Ganancias para propietarios e inquilinos que posean inmuebles alquilados como vivienda.

“Este beneficio se añade a otros ya existentes, como la deducción del 40% para el locatario por hasta un monto equivalente al mínimo no imponible”, informaron desde el Gobierno nacional.

Esta nueva deducción también se ha incorporado al artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, como un incentivo adicional para la locación de inmuebles.

Deducciones específicas para inquilinos y propietarios

Según especialistas del sector, la resolución permite a los inquilinos deducir el 10% del monto del alquiler anual pagado, con un tope máximo establecido. “Esta nueva deducción se suma a la ya existente, que permite a los inquilinos deducir el 40% del monto del alquiler anual pagado, siempre que no supere el monto del mínimo no imponible”, detallaron.

Por ejemplo, si un inquilino paga un alquiler de $400.000 al mes ($4,8 millones al año), podría deducir el 40% ($1,9 millones) y el 10% adicional ($480.000).

Para los propietarios, la deducción del 10% se aplica sobre los ingresos brutos obtenidos por el alquiler. Así, si un propietario recibe $4,8 millones anuales por el alquiler de su propiedad, podrá deducir $480.000.

Plazo extendido para la declaración jurada

Además, la AFIP ha extendido el plazo para presentar la declaración jurada informativa y acceder a la deducción de impuesto. El nuevo plazo límite es el 30 de septiembre de 2024.

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