Este viernes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 783/2021 que fija en 0% la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) para las operaciones de exportación que se tramiten bajo el Régimen de Exportación Simplificada denominado “Exporta Simple”.
Ya a principios de este mes, el Ministerio de Desarrollo Productivo había lanzado la nueva plataforma para hacer envíos de hasta 15.000 dólares por cada uno, y por hasta 600.000 dólares al año, que busca facilitar las exportaciones a emprendedores y pequeñas empresas. E incluso incluyeron tutoriales para facilitar el acceso a esta nueva herramienta:
Exporta Simple es un régimen de exportación simplificado creado con el objetivo de facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía con fines comerciales, a través de determinados Operadores Logísticos (OLES).
El plan inició en agosto de 2017, y desde su puesta en marcha se facturaron 61,5 millones de dólares, en más de 21.400 operaciones, y a 117 destinos. Asimismo, se sumaron 860 nuevos exportadores.
Arancel 0% para exportadores de PYMEs
Mediante el Decreto Nº 793, el 3 de septiembre de 2018, se fijó un derecho de exportación del 12% para todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), y se estableció, asimismo, un límite del monto a pagar en concepto de aquel tributo, determinado en una suma de pesos, por cada dólar, del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda.
Más tarde, con el objetivo de reducir los costos de exportación que permitirían a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas expandirse en el comercio exterior a través de la apertura de nuevos mercados, en mejores condiciones de operatividad y competencia, mediante el artículo 4° del Decreto N° 865, el 27 de septiembre de 2018 se exceptuó a los sujetos beneficiarios del mencionado Régimen de Exportación Simplificada “Exporta Simple”.
Luego, el Decreto N° 302 del 7 de mayo de 2021 desgravó del Derecho de Exportación a las exportaciones que realicen las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas hasta el monto en valor FOB anual de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MIL (USD 500.000), inclusive, se exceptuó de tal beneficio a las operaciones realizadas por cuenta y orden de terceros, y quedaron entonces excluidos de tal beneficio los usuarios del Régimen de Exportación Simplificada, debido a que dichas exportaciones se realizan a través de prestadores de servicio postal.
Finalmente, con esta nueva publicación, y “con el fin de que las exportaciones que se realicen dentro del Régimen de Exportación Simplificada “Exporta Simple” continúen gozando del tratamiento que estableciera oportunamente el Decreto N° 865/18, es menester impulsar la presente medida, con el fin de favorecer e incentivar las operaciones de exportación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”, se aclara en la normativa publicada este viernes (arancel 0%).