La AFIP decidió postergar el plazo para presentar declaraciones juradas y efectuar pagos referidos a Ganancias, Bienes Personales y Cedular para personas humanas y sucesiones indivisas correspondientes al período fiscal 2020. El objetivo que se planteó el organismo es facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Nuevos plazos
Las fechas para las respectivas presentaciones y pagos correspondientes de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2020 son:
-Aquellos cuyo CUIT finalice en 0, 1, 2 y 3, tendrán tiempo hasta el 10 de agosto inclusive, y para efectuar el pago, hasta el 11 de ese mes inclusive.
-Los que tengan terminación en 4, 5 y 6, hasta el 11 de agosto (presentación) y el 12 de agosto (pago), y los que terminen en 7, 8 y 9, hasta el 12 de ese mes (presentación) y el 13 de igual mes (pago).
-Para el caso del pago del primer anticipo del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2021, las nuevas fechas son: CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3 tendrán plazo hasta el 24 de agosto; los finalizados en 4, 5 y 6, hasta el 25 de ese mes, y los terminados en 7, 8 y 9, hasta el 26 de igual mes.
“Además, la normativa extiende por un mes el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del impuesto a las Ganancias previsto en la resolución general 5008. La nueva fecha de vencimiento para esta presentación es el 31 de agosto”, expresó la AFIP en su comunicado.
“Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorga más tiempo para efectuar las presentaciones de las declaraciones juradas y el ingreso de los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular para personas humanas y sucesiones indivisas correspondientes al período fiscal 2020″, informó la AFIP en su comunicado.
De la misma manera, el organismo definió extender los plazos para ingresar el pago del primer anticipo de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2021. “La medida está prevista en la Resolución General Nº 5019 que se publicará en el Boletín Oficial. La decisión busca posibilitar que los contribuyentes cuenten con más tiempo para confeccionar las declaraciones juradas y efectuar los pagos correspondientes”, se explicó en el comunicado mencionado.