Aunque el Banco Central ha fijado que los $ 10 mil del Ingreso Familiar de Emergencia son de “carácter alimentario” y no se les puede aplicar ningún tipo de descuento, hay beneficiarios a los que se les han debitado desde comisiones por el uso de cajeros hasta cuotas de préstamos. ¿Qué se debe hacer en caso de que esto ocurra?
La persona tiene hasta 30 días corridos desde la fecha en que se le realizó el descuento para reclamar ante la entidad bancaria, que deberá revertir el importe debitado dentro de los tres días hábiles de realizada la solicitud.
En caso de que no recibir una respuesta favorable, se puede realizar un reclamo ante el Banco Central o la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor, a la línea gratuita 0800-666-1518 o por mail a consultas@consumidor.gob.ar.
Además de cuotas de préstamos y comisiones de cuenta o de servicios adicionales, a algunos beneficiarios se les han aplicado descuentos por débitos automáticos para el pago de impuestos y servicios. En este último caso también se puede solicitar el reintegro, pero se debe recordar que luego será necesario volver a adherir al débito automático, para que no se acumulen deudas.
La misma normativa, que el Banco Central dispuso en mayo y ahora prorrogó hasta el 30 de setiembre se aplica al salario complementario que Anses deposita a los empleados de empresas que recibieron el ATP (Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción).