Impuesto a los cigarrillos: cambió la forma de calcularlo y el precio del atado volverá a subir

Las empresas alertan por una medida que afectaría a sus consumidores, pero también a los trabajadores del sector. De qué se trata.

Impuesto a los cigarrillos: cambió la forma de calcularlo y el precio del atado volverá a subir
Impuesto a los cigarrillos: cambió la forma de calcularlo y el precio del atado volverá a subir

La AFIP determinó una nueva manera de cargar los impuestos al tabaco, luego de que la Corte Suprema fallara a favor de un reclamo del ente tributario, porque desde el año 2016 algunas fabricantes locales no pagan el tributo.

A partir de esta disposición, el Estado empezará a recaudar y el precio de los atados subirá (el 1 de diciembre se anunció una suba, pero por razones ajenas al fisco). Con esto, se busca desalentar el consumo con una elevada carga impositiva que aumente el valor de venta.

En el año 2016 varias tabacaleras argentinas lograron medidas cautelares para no pagar un “impuesto mínimo” que representaba casi la mitad del precio de venta de sus productos, por lo que aseguraron que se trataba de un tributo confiscatorio. La causa llegó al máximo tribunal y en adelante no solo se aplicará el impuesto, sino que se podrían llegar a reclamar retroactivos por $40.000 millones.

Durante los últimos años en que no se pagó dicho tributo, la tabacalera Sarandí (Red Point) y también la que inició el camino de recursos judiciales, pasó de ser una pyme a una de las principales jugadoras del mercado, y según publicó La Nación, el nuevo cambio, esconde la pelea que enfrenta a las compañías locales como la mencionada y las multinacionacionales Massalin Particulares y Nobleza Piccardo, la filial local de British American Tobacco (BAT).

Un cambio en la forma de tributar de las tabacaleras traerá nuevos aumentos de precios. Mariana Villa/ Los Andes
Un cambio en la forma de tributar de las tabacaleras traerá nuevos aumentos de precios. Mariana Villa/ Los Andes

La AFIP reclama el pago del impuesto mínimo a las tabacaleras

En adelante, las empresas tabacaleras no podrán liquidar sus impuesto si antes no cargan el pago del impuesto mínimo.

El mismo, se instauró en 2004, durante la presidencia de Néstor Kirchner, y luego de la firma del “Convenio para mejorar la recaudación y evitar la evasión en el mercado de cigarrillos”, cuatro años más tarde se convirtió en ley, y no fue hasta 2017 que se modificó el gravamen y en lugar de ser un porcentaje del precio, se fijó un valor fijo ajustable por inflación. En el último trimestre, el gravamen fijo alcanzó los $97,79.

El abogado penalista Maximiliano Rusconi, representante de Sarandí, presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), un pedido de no innovar. Consideran que esos impuestos “perjudicaran a miles de trabajadores argentinos y que favorecen a la vez a dos multinacionales que tienen ya el 90% del mercado de cigarrillos local”.

Según la presentación ante la CIDH, la Ley de Impuesto a las Ganancias 27.430, publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre de 2017, “establece de manera arbitraria un piso de tributación, muy por encima del precio de comercialización de los productos elaborados por Tabacalera Sarandí SA, tornando en confiscatoria su aplicación”.

Según consignó Télam, en la denuncia, también se expone que “paradójicamente, el nuevo sistema perjudica también al Estado, no sólo al generar un contribuyente menos de quien puede hacerse de ingresos para acrecentar las arcas del Estado por la recaudación impositiva, sino que también y, en definitiva, reduciendo a la pobreza a todos los trabajadores involucrados”.

“La existencia de un nuevo sistema normativo que establece una ecuación tributaria, que resulta inequitativa y desproporcionada para las empresas que previo a la promulgación de la ley de impuesto mínimo practicaban precios inferiores al monopolio del tabaco”, agrega la denuncia.

El letrado acompañó la presentación con la firma de trabajadores de la pyme nacional Tabacalera Sarandí, quienes temen por el cierre de la empresa por razones ajenas a su funcionamiento.

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