Los gastos que pudiera haber realizado un trabajador en relación de dependencia en indumentaria de trabajo, equipos para realizar sus tareas diarias y que no fueron reintegrados por el empleador, podrán se deducidos de la base imponible del impuesto a las Ganancias.
Esto se debe a que, a partir del teletrabajo extendido por la pandemia, muchos empleados tuvieron que afrontar con sus bolsillos gastos que de otra manera hubieran quedado a cargo del empleador (como utilizar la computadora del trabajo).
De esta manera, según le explicó al diario Clarín el tributarista y profesor de Posgrado (UBA), Marcelo Rodríguez, titular de MR Consultores, de la Resolución General 4003/2017, se deduce que, “el autónomo deduce normalmente de los ingresos los gastos en esos y otros servicios y materiales necesarios para su actividad. En tanto, el monotributista paga una cuota fija según su categoría”, y por tanto, “es lógico que el asalariado pueda deducir un gasto que es propio de su empleador”.
En la AFIP le dijeron al mismo diario que “hasta ahora esa deducción de Ganancias no era habitual. Pero admitieron que la norma establece que sí es deducible si el contribuyente acredita el uso laboral para su empleador del equipamiento comprado y no reintegrado”. El organismo cuenta con un área especializada para corroborar el cumplimiento de dicha normativa.
No obstante, el tributarista aclaró que los empleados podrán cargar en el SIRADIG el detalle de los gastos incurridos durante el año, referidos al servicio de internet e incluso la compra de equipamiento, como computadoras, impresoras,tóner, etc., cuando los mismos estuvieran a su cargo y no hubieran sido reintegrados por el empleador".
Así, este año, los solteros están pagando Ganancias con ingresos netos de más de $55.261 y los casados con 2 hijos con más de $ 73.102 netos. Las alícuotas del impuesto van del 5 al 35%.
Y una compra como una computadora de $90.000, a una tasa de entre el 5 y el 35% representaría un beneficio o “ahorro” de entre $4.500 y $31.500 por año, de acuerdo con Rodríguez.