Luz y gas: cómo se deberá pedir el acceso a los subsidios

Ya está en funcionamiento la página web en la que habrá que registrarse, pero aún no está habilitado el trámite correspondiente. Sí se dieron a conocer algunos detalles del nuevo sistema.

Luz y gas: cómo se deberá pedir el acceso a los subsidios
El Gobierno nacional subsidia actualmente el 65% de la factura de gas de todos los usuarios residenciales.

El Gobierno nacional avanza en la implementación de la segmentación tarifaria de los servicios de luz y gas. Ayer se dio a conocer que el trámite deberá realizarse a través de la página web argentina.gob.ar/subsidio o en forma presencial en las oficinas de Anses.

La página de internet aún no está habilitada para el registro, pero el Estado publicó información detallada de cómo será el proceso de inscripción, de acuerdo a lo establecido por el decreto 332/2022 publicado la semana pasada.

REQUISITOS

Antes de entrar de lleno en el detalle de cómo debe hacerse el trámite para no perder el subsidio, es importante repasar cuáles son los requisitos que impuso el Gobierno para identificar cuánto deberá pagar cada usuario en particular.

Lo primero a tener en cuenta, es que a los ojos del Estado existirán tres categorías de usuarios: los de ingresos altos, los de ingresos medios y los de ingresos menores.

Los primeros serán aquellos con ingresos mensuales totales superiores a 3,5 canastas básicas tipo 2 según el Indec, lo que actualmente equivale a $ 348.868,97. También quedarán comprendidos quienes tengan un ingreso inferior a ese monto, pero sean propietarios de tres o más vehículos con una antigüedad menor a cinco años, tres o más inmuebles, o de una embarcación o aeronave. Serán incluidos además quienes sean titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Entrarán en la categoría de ingresos medios los hogares que declaren ganancias totales mensuales de entre $ 100 mil y $ 348.868, o tengan hasta dos inmuebles o hasta dos vehículos con una antigüedad menor a cinco años.

Por su parte, los usuarios de menores ingresos serán aquellos que tienen ingresos menores a una Canasta Básica Total, que desde mayo roza los $ 100.000. También serán incluidos los hogares que tengan al menos un integrantes con Certificado de Vivienda (ReNaBaP), o donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en Renacom.

A su vez, formarán parte de esa categoría las viviendas con al menos un integrante que posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a 1,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el Indec ($ 150.000).

Cabe aclarar, que aun cumpliendo alguna de las condiciones mencionadas, los usuarios serán excluidos de la categoría de ingresos bajos si son dueños dos o más inmuebles o de un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Tampoco formarán parte de esa categorías los usuarios que, ganando menos de una CBT, sean titulares de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo, o posean activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Teniendo en cuenta esos parámetros, los usuarios deberán llenar una declaración jurada en la página web o en Anses. En base a los resultados, que serán incluidos dentro del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), el sistema ubicará al solicitante en una de las categorías. Si queda dentro de la de más altos ingresos (se calcula que el 10% de la población formará parte de ese grupo), perderán completamente los subsidios. Los de categoría media seguirán teniendo ayuda del Estado, pero sufrirán aumentos en sus facturas de hasta el 80% de la variación que haya tenido el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) el año anterior. Ese quiere decir, que, si en 2022 el CVS aumenta 50%, las boletas de luz y gas no podrán subir más de 40% en 2023.

De igual manera, los hogares que queden dentro del segmento de menos ingresos, mantendrán el subsidio y sus facturas tendrán un límite anual de incremento del 40% de la variación del CVS en el año anterior.

LOS PUNTOS CLAVE

Antes de iniciar el trámite, los usuarios deberán tener claro a qué categoría pertenecen y tendrán que reunir los comprobantes que acrediten su solicitud. Es que el sistema exigirá por ejemplo el certificado correspondiente de discapacidad o los datos del Renacom, en caso de corresponder.

Tanto en los locales de Anses como en la página web, se brindará toda la información correspondiente y se detallará la documentación obligatoria. Por lo pronto, en internet se puede acceder a algún datos útiles que responden a las dudas más frecuentes de los usuarios de luz y gas de todo el país.

Un punto a tener en cuenta es que deberán inscribirse todos los usuarios, sin excepción, incluyendo a quienes perciben una jubilación, pensión o son beneficiarios de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.

Otro dato a considerar, es que si la factura del servicio no está a nombre de quien efectivamente reside en el hogar, como es el caso de las familias que alquilan una vivienda, igualmente se podrá realizar el trámite correspondiente. En la inscripción se deberá informar que el usuario no es el titular del servicio. “Esto va a servir para empezar a asociar cada medidor con el hogar”, informaron desde el Gobierno nacional.

En caso de que un usuario tenga más de un medidor a su nombre, el subsidio -en caso de que corresponda- se otorgará al domicilio que declare como lugar de residencia permanente.

Desde el Gobierno informaron que el Estado cubre más del 65% del costo del gas y del 70% del costo de la electricidad que se incluye en la factura. Sin embargo, el 50% de los hogares con mayores ingresos recibe casi el 60% de los subsidios totales. “Esta segmentación tiene por objetivo redireccionar los recursos del Estado”, apuntaron.

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