El gobierno de Javier Milei emitió el decreto 302/2024 para liberar los precios en el mercado de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), es decir, eliminó la regulación en los servicios de telefonía, televisión por suscripción e internet.
Este decreto, que modifica la Ley Argentina Digital N° 27.078 y reemplaza el DNU 690/2020, representa un paso hacia la desregulación de precios en el sector, con el objetivo de fomentar la competencia, incentivar la inversión y mejorar la calidad del servicio para los usuarios de todo el país, según el Gobierno. Bajo este nuevo marco, los licenciatarios de servicios TIC tendrán la libertad de fijar sus tarifas.
La publicación en el Boletín Oficial de este miércoles señala que “el presidente en acuerdo general de ministros decreta: sustitúyese el artículo 48 de la Ley Argentina Digital N° 27.078 y sus modificatorias por el siguiente ‘los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación’”.
A pesar de la desregulación de precios, el DNU reafirma, como la normativa que firmó antes Alberto Fernández, la clasificación de los servicios de TIC como esenciales y estratégicos, subrayando el compromiso del Estado en garantizar el acceso universal a dichos servicios.
Se establece que los precios fijados por los licenciatarios deben ser justos y razonables, garantizando que cubran los costos de explotación y permitan a todos los argentinos acceder a servicios de calidad.
El Gobierno fundamenta su decisión: “Que es de destacar que ante el creciente desarrollo de los servicios de telecomunicaciones, la contemplación de las diferentes circunstancias del mercado resulta fundamental, tanto para favorecer su dinamismo y generar un equilibrio competitivo sostenible como para asegurar una mayor oferta de servicios a los usuarios a precios justos y con mayor calidad, extremos que se contraponen con la regulación tarifaria establecida por el decreto N° 690/20″.
Además, el DNU de Milei sostiene “que en cuanto al fondo de la cuestión, es importante mencionar que los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar los precios de sus servicios libremente”.