La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suele ser muy dura con aquellos monotributistas que no cumplen con ciertos requisitos que exige el organismo nacional.
Para evitar que la AFIP persiga a un pequeño contribuyente y lo sancione, incluso con la exclusión del régimen simplificado, Agustín S. Sosa, CEO de Tributo Simple dejó algunas recomendaciones muy prácticas y simples para no tener problemas con el organismo.
Es clave no cometer estos errores
No llevar un control sobre la facturación emitida: se recomienda llevar un exhaustivo control mensual de la facturación realizada a fines de no quedar excluido del régimen y/o pasarse de categoría.
No tener actualizada la información fiscal en las plataformas de ecommerce: es fundamental tener cargada toda la información fiscal para evitar percepciones o retenciones que no correspondan.
No realizar la recategorización: es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año (enero y julio), donde los contribuyentes deben evaluar qué categoría del Monotributo le corresponde de acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses.
No solicitar la devolución de percepciones por compra de moneda extranjera: los monotributistas que hayan realizado compras o gastos en dólares podrán pedir que se les devuelva los adelantos de impuestos realizados sobre los impuestos a las Ganancias y/o sobre los Bienes personales.
Inscribirse solo en impuestos nacionales: a la hora de desarrollar un emprendimiento se debe tener en cuenta la inscripción tanto en impuestos nacionales (Monotributo) como impuestos provinciales (Ingresos Brutos).
Elegir una obra social al azar al inscribirse: se recomienda informarse y tener elegida la obra social previo a darse de alta en el Monotributo, dado que muchas que figuran en los listados no brindan servicios a monotributistas.
No emitir facturas por las operaciones que realizan: una de las obligaciones como contribuyente es emitir facturas o comprobantes equivalentes por las ventas, prestaciones y locaciones de servicio realizadas. Las mismas deberán respaldar los ingresos en cuentas bancarias y/o billeteras virtuales.
Confundir las letras de las categorías con los tipos de comprobantes a emitir: los monotributistas emiten comprobantes de tipo “C” para operaciones realizadas en Argentina y facturas tipo “E” en el caso de exportaciones. Estos son independientes de en qué categoría se encuentren.