El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para que los monotributistas y autónomos se inscriban para obtener el beneficio de $22.00, que irá del próximo viernes 25 hasta el 1 de julio.
En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, pertenecientes a empresas en sectores críticos, cubre parte del salario de junio, el resto lo tiene que completar el empleador, y a falta de IFE, para los monotributistas y autónomos, también habrá un subsidio, siempre que puedan comprobar que ha caído su rentabilidad real, con respecto a 2019.
Sobre el Repro 2
El Gobierno Nacional creó el Programa de Recuperación Productiva 2 como herramienta para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. El beneficio consiste en asignar una suma de dinero individual y fija que se pagará a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. Es un trámite gratuito que no requiere de intermediarios ni gestores.
Pueden solicitar el beneficio las empresas encuadradas en los sectores detallados en el Anexo I y el Anexo II de la Resolución 341/2021.
El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:
Afectados no críticos: hasta $ 9.000;
Críticos: hasta $ 12.000 (por disposición transitoria serán $ 22.000);
Sector salud: hasta $ 22.000.
Todo empleador y empleadora deberá tener actualizados los datos de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago a los mismos.
Si la remuneración neta del trabajador o la trabajadora es inferior a dicho valor, el subsidio será igual a la remuneración neta, que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP.
El beneficio del programa REPRO 2 se extenderá por UN (1) mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa de forma mensual para poder acceder al mismo.
La actualización de los CBU en las bases de datos será hasta 72 hs previas a la inscripción de cada mes.