Nuevo beneficio de AFIP para inquilinos y propietarios: cómo acceder

Este martes, el organismo reglamentó la deducción extra de Ganancias del 10% que beneficia a ambas partes: los detalles y cómo acceder.

Nuevo beneficio de AFIP para inquilinos y propietarios: cómo acceder
Cómo acceder al beneficio que a partir de este martes AFIP otorgará a propietarios e inquilinos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este martes una nueva deducción del 10% sobre el Impuesto a las Ganancias para el monto total anual de alquileres destinados a casa-habitación. Esta deducción puede ser computada tanto por el locatario como por el locador.

Aunque la Ley 27.737, que incluye esta deducción, fue sancionada hace unos ocho meses, nunca se había reglamentado. Ahora, se suma al descuento del 40% ya vigente sobre el monto de los alquileres destinados a vivienda. Es importante señalar que este descuento del 40% se aplica únicamente a inquilinos que no sean titulares de inmuebles, considerando el límite no imponible por vivienda, actualmente de $1.089.368,57 anuales, a la espera de la actualización correspondiente a la Ley de Bases.

La nueva deducción del 10% aplica tanto para locatarios como para locadores. Los empleados en relación de dependencia que quieran aprovechar esta deducción sobre el Impuesto a las Ganancias por el período fiscal 2023 podrán hacerlo hasta el 15 de julio de 2024. Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez basándose en lo publicado por AFIP, la deducción deberá ser informada a través del Formulario F572Web.

Tanto inquilinos como propietarios podrán acceder al beneficio.
Tanto inquilinos como propietarios podrán acceder al beneficio.

“De no hacerlo, perderán la oportunidad de que sus empleadores consideren esta deducción al momento de realizar la liquidación anual de 2023″, indicó Domínguez. Esta aclaración coincide con la extensión que AFIP, bajo la dirección de Florencia Misrahi, dispuso la semana pasada para que los trabajadores presenten ante sus empleadores el formulario de deducciones de Ganancias por el período fiscal 2023, con fecha límite al lunes 15 de julio.

Por otro lado, los locadores inscriptos en el Monotributo también podrán computar esta deducción por alquileres. “Es necesario que el monto de los alquileres abonados esté respaldado por una factura o documento equivalente emitido por el locador, según lo estipulado en el contrato de locación”, añadió Domínguez.

Además, el especialista aclaró que “en el primer período fiscal en que se aplique la deducción y con cada renovación del contrato, el empleado debe enviar una copia del contrato de alquiler en formato .pdf a la AFIP a través del servicio ‘Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR’”.

Domínguez instó a los trabajadores a “aprovechar” esta deducción, ya que “en el actual contexto económico, cada peso cuenta”, y este descuento “puede marcar una diferencia significativa en la economía de los empleados” que deben abonar Ganancias.

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