Pagos con débito, ¿a partir de qué monto se avisa ahora a AFIP?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió el monto de los pagos que deben ser informados cuando son realizados con tarjeta de débito o billeteras virtuales.

Pagos con débito, ¿a partir de qué monto se avisa ahora a AFIP?
Cambio el monto que deben avisar los bancos y billeteras virtuales a AFIP. (Archivo)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció las actualizaciones en relación con los criterios que rigen la notificación y supervisión de movimientos financieros llevados a cabo mediante tarjetas de débito, así como también aquellos vinculados con las billeteras digitales.

Estas medidas, que se despliegan a través de la Resolución General 5348/2023, reflejan un esfuerzo por parte de la entidad para mantenerse alineada con las dinámicas cambiantes del entorno financiero y tecnológico.

¿A partir de qué monto se informa a la AFIP?

En lo que concierne al uso de tarjetas de débito, la AFIP ha decidido reajustar el umbral a partir del cual se activan investigaciones más exhaustivas sobre los patrones de gastos. Conforme a esta nueva resolución, cualquier consumo que alcance o supere la cifra de $120.000, que representa un notable incremento de cuatro veces con respecto al umbral previo, estará sujeto a un escrutinio más profundo por parte de las instituciones bancarias.

Crece el pago con tarjetas de débito.
Crece el pago con tarjetas de débito.

Un dato a tener en cuenta es que cuando los pagos a través de tarjetas de débito exceda este monto, las entidades financieras tendrán la responsabilidad de facilitar información detallada sobre los movimientos realizados, permitiendo una mayor transparencia y seguimiento de las actividades financieras.

Qué sucede con los pagos de billeteras digitales

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha redirigido estos esfuerzos hacia las billeteras digitales, una forma de transacción que ha ganado relevancia en el panorama financiero actual.

Pago con billeteras virtuales hasta $120.000.
Pago con billeteras virtuales hasta $120.000.

Para los usuarios de estas billeteras virtuales, se han establecido criterios específicos que determinarán si serán objeto de investigación y notificación por parte de la AFIP:

  • La aparición en registros de ingresos o egresos totales, ya sean iguales o superiores a $120.000 durante el período correspondiente, activará un proceso de revisión y seguimiento.
  • Los saldos acumulados al término del último día hábil del mes, tanto en valores positivos como negativos, serán motivo de atención si alcanzan o superan los $200.000. Esta disposición busca abordar tanto los aspectos de acumulación de fondos como los de flujo de efectivo.
  • La naturaleza de las operaciones también determinará la necesidad de notificación. Cualquier operación, ya sea un ingreso o egreso de efectivo, una transferencia bancaria en moneda extranjera o digital, que alcance o supere los $400.000, requerirá la atención de la AFIP.

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