Desde el 1 de enero, aquellos que no estén inscriptos en Ganancias o Bienes Personales pueden solicitar el reintegro del 35% a través de la plataforma web de AFIP. Este proceso busca simplificar y agilizar la devolución de retenciones realizadas en concepto de impuesto a las ganancias para ciertos gastos en el exterior.
Si bien esta devolución no tiene fecha límite, es recomendable que se haga desde que se habilita. Al día de hoy la página está presentando inconvenientes técnicos, suponemos que es porque muchas personas están intentando ingresar al apartado “Devoluciones de percepciones”.
Cómo solicitar el reintegro
⚫ Ingresar a la web de AFIP (https://www.afip.gob.ar/) con tu CUIT y clave fiscal.
⚫ Seleccionar dentro de búsquedas “Devolución de percepciones”.
⚫ Al ingresar tendrás dos opciones una para consultar y otra para cargar manualmente, en el segundo caso debes seleccionar el botón que dice “Nuevo”, ahí deberás colocar cuatro números para el año y dos para el mes que querés solicitar la devolución. Ejemplo 202301 (AAAAMM) sin guiones, todo junto.
⚫ Luego vas a dar clic en “Aceptar”, en pantalla te saldrá la cantidad de devoluciones con los datos de ese mes.
⚫ Para poder aplicar a la devolución el próximo paso es verificar el tilde en el cuadro que dice Percepción a devolver y después debes apretar “Presentar” (ubicado arriba a la derecha).
⚫ Una vez confirmado el apartado que dice: “Declaro que los datos a transmitir son correctos y completos y que he confeccionado el formulario digital en carácter de Declaración Jurada, sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad conforme lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto 1.397/79 texto sustituido por el artículo 1 de su similar N° 658/02″. Te saldrá la opción de descargar el comprobante.
Es importante aclarar que de esta forma se debe ir haciendo mes por mes del año pasado, lo que significa que de todas las devoluciones tendrás comprobante.
Tiempo estimado de para la devolución
El plazo para la aprobación y procesamiento de las solicitudes puede variar. En muchos casos, AFIP se compromete a realizar la devolución en un plazo aproximado de 60 días hábiles. No obstante, este período puede extenderse dependiendo de la carga de trabajo del organismo y la complejidad de la solicitud.
Este procedimiento busca brindar mayor agilidad a los contribuyentes que desean recuperar el 35% retenido en operaciones en el exterior o compra de dólares, proporcionando una vía digital que simplifica el trámite y agiliza los tiempos de respuesta por parte de AFIP.
Cómo se puede consultar el estado de la solicitud
Para ver si la solicitud es aprobada, en trámite y demás estado, debés ingresar a “Devolución de percepciones” y presionar “Aceptar” en la solapa que dice “Buscar”, al no ingresar periodo fiscal, estado o fechas podrás ver todas las presentadas e incluso aquellas que quedaron como borrador.