La Justicia condenó a la empresa Edemsa a pagar $ 11 millones como resultado de una demanda que, por daños y perjuicios, habían iniciado los familiares de Pablo Federico C., un operario que murió electrocutado cuando realizaba tareas de mantenimiento general.
Puntualmente, el trabajador estaba haciendo el reemplazo de líneas de tensión y aisladores de media tensión en la zona ubicada en calle Brandsen entre Servidumbre y Cipolletti, de Agrelo, cerca de la destilería y la rotonda de Cipolletti. El accidente ocurrió en noviembre del 2016 y se cobró la vida de dos empleados de la empresa.
Qué decidió la Justicia
El fallo del Tribunal de Gestión Asociada se dio a conocer este viernes. Por el hecho, tomó intervención la Unidad Fiscal de Maipú. En la sentencia se afirma que a las 12.45 horas del 16 de noviembre de 2016, un empleado supervisor de Edemsa, a cargo de los trabajos de la contratista Alineart SA., comenzó a escuchar gritos de sus compañeros de trabajo, que lo llamaban para que fuera adonde estaban ellos, a unos 80 metros de su ubicación. Al operario Víctor Ariel Ramos le había dado corriente con los cables de media tensión (pocas horas después perdió la vida). Cuando el supervisor se encontraba en el lugar donde estaba Ramos herido, comenzó a escuchar otros gritos, a unos 150 metros de donde estaba: “A Pablito también le dio y está colgado del cinturón”, decían sus compañeros.
El fallo especificó: “junto con otros operarios lograron bajarlo con una soga, mientras otros aseguraban la escalera. Al arribar el Servicio de Emergencia Coordinado intentaron reanimarlo, pero ello fue en vano, habiendo constatado la doctora Cecilia Herrera que el operario había fallecido por electrocución”.
Partes en pugna
En el inicio de la demanda los familiares de Pablo Federico, con el aporte profesional del abogado Manuel Linares, señalaron que “no hay una sola constancia que haga presumir que existió culpa de la víctima, ya que se encontraba realizando las tareas encomendadas en el lugar asignado y en el modo en que debía realizarlas...”, por lo que el accidente es “responsabilidad de la Empresa Distribuidora de Electricidad Mendoza SA.”.
Los argumentos son rechazados por la empresa y si bien reconoce el hecho, “niega que el mismo haya ocurrido en la forma descrita en la demanda y que el causante haya realizado trabajos para Edemsa SA. También niega que el fallecimiento de la víctima haya sido por acción y omisión de la empresa”.
Reclamo familiar
A la hora de resolver, el Tribunal destacó: “conforme se expuso en las distintas resoluciones firmes en las que se admitieron las diferentes denuncias de Litis solicitadas, corresponde aclarar que la relación jurídica está dada por la demanda iniciada por los actores contra Edemsa SA. Por su parte, esta accionada citó en garantía a Allianz Argentina Compañía de Seguros SA. por lo que el resto de los comparecientes no son parte en el proceso, dado que únicamente se les ha dado intervención en calidad de Litis denuntiatio y con los alcances y consecuencias establecidas en tal figura procesal...”.
Además, se reconoció la legitimidad de la familia “para reclamar la indemnización de las consecuencias no patrimoniales el damnificado directo. Si del hecho resulta su muerte o sufre gran discapacidad, también tienen legitimación a título personal, según las circunstancias, los ascendientes, los descendientes, el cónyuge y quienes convivían con aquél recibiendo trato familiar ostensible…”.
A la hora de la sentencia, el fallo expresa que “lo expuesto evidencia de forma irrefutable que las medidas de seguridad que debieron haberse tomado fueron incompletas e insuficientes para evitar la muerte de estas dos personas”.
De esta forma, el Tribunal condenó a la empresa a, en el plazo de diez días, pagar la suma de $ 11.400.000, más los intereses que correspondan hasta su efectivo pago, además de extender la condena a la citada en garantía, Allianz Argentina Compañía de Seguros, con los alcances, límites y franquicias establecidos en la póliza emitida.