Por medio del Boletín Oficial, el Gobierno Nacional confirmó una línea de créditos subsidiados de hasta $400.000 para trabajadores en relación de dependencia.
El objetivo que preveen es que los trabajadores puedan desendeudarse de los pagos de tarjetas de crédito. Este crédito tendrá una Tasa Nominal Anual del 50% y podrá devolverse en 24, 36 y 48 cuotas.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) será la encargada de gestionar las solicitudes para estos préstamos. Los trabajadores registrados interesados podrán iniciar el proceso a partir de la próxima semana, según informaron.
Aunque aún se deben coordinar algunos detalles de implementación, es probable que para acceder al crédito sea necesario solicitar un turno de forma presencial a través del sitio web de Anses. Luego, el solicitante deberá acudir a la oficina de su elección para validar su identidad y proporcionar otros datos.
Una vez completado este procedimiento, el monto del préstamo se depositará directamente en la tarjeta de crédito del solicitante, la cual debe estar asociada a su cuenta bancaria de ingresos.
Lo que dice el decreto
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 463/2023, que se hizo público en el Boletín Oficial este jueves, los préstamos tendrán un límite máximo de $400,000, siempre y cuando el importe de la cuota no exceda el 20% del salario mensual del solicitante. Además, se aplicará una Tasa Nominal Anual (TNA) subsidiada del 50%, se ofrecerán tres meses de gracia y se otorgará un plazo de reembolso de 24, 36 o 48 cuotas.
“Es una nueva línea para trabajadores formales orientada al consumo, pero que, además, tiene el objetivo de desendeudar a las familias argentinas con la deuda de tarjeta de crédito”, detalló la directora ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta, la semana pasada.
Qué requisitos necesito para aplicar al crédito de $400.000
Para acceder a estos préstamos, los trabajadores deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Mantener una relación de dependencia laboral.
- No estar sujetos al Impuesto a las Ganancias, es decir, tener un salario bruto inferior a $700,000.
- Residir de manera permanente en el país.
- Contar con al menos seis meses de antigüedad continua en el mismo empleo.
- No superar la edad de jubilación en la fecha de vencimiento del préstamo.
- No ser beneficiarios de otra línea de crédito vigente de Anses.
- No estar clasificados en la categoría “situación 2″ del registro de deudores del Banco Central (BCRA).
El decreto también establece que, mientras estén pagando el préstamo, los solicitantes no podrán realizar operaciones en el mercado de cambios para comprar divisas. Esta restricción será complementada por normativas adicionales de otros organismos, como el Banco Central.