Productores e industriales de acuerdo: a nadie convence la ley de contratos de compra de fruta

La Ley 9133 cada vez es más cuestionada. Productores primarios e industriales están disconformes. Las opiniones van desde la derogación a las modificaciones.

Productores e industriales de acuerdo: a nadie convence la ley de contratos de compra de fruta
La Ley 9133 es resistida por industriales y productores.

La ley 9.133 que regula las relaciones de compra y venta entre los productores agrícolas y el sector industrial volvió a entrar en debate y tanto productores como empresarios coincidieron en un punto central: la norma no convence a nadie.

La ley que fue sancionada en 2018 y buscaba darle un marco a las transacciones entre viñateros y bodegueros, pero se extendió luego a todos los productos que se cultivan en Mendoza: frutas, verduras y hortalizas.

El espíritu de la norma es dejar por escrito la relación comercial entre productor e industrial en el que figure obligatoriamente el precio del producto, la forma de pago, calidad del producto entre otros aspectos.

Sin embargo, en la práctica es incumplible ya que hay que celebrar el contrato antes de que la materia prima ingrese al establecimiento. Además hay tiempos estipulado que más de una vez no van en concordancia con el avance de la cosecha.

Por otra parte, si el empresario no registra el acuerdo a tiempo, es pasible de una multa equivalente al 5% del monto total de la operación.

Fernando Gaovron, presidente de la específica de Industria de la Cámara de Alvear y también productor, aseguró que con tres simples cambios, la ley puede ser viable para todas las partes porque tal como está planteada en la actualidad “el problema va a continuar todos los años, tanto para el productor porque nunca va a saber si le va a caer una manga de piedra y va a poder cumplir con el contrato y el empresario que no sabe qué precio le va a poner porque eso todos los días cambia”.

Ante esta situación tres modificaciones que mejoran las perspectivas para el industrial y no varía el espíritu de salvaguarda para el productor.

En principio sostiene que hay que eliminar los plazos y el la industria “pueda producir los 365 días del año, no cuatro meses al año”.

El segundo cambio es que el contrato se celebre cuando el producto ingrese a la empresa, no antes” porque “yo voy a comprar una cosa que no la tengo y yo no sé también como la tenga si te está buena, está sana, el calibre es más chico o más grande, viene roto” y por último “que precisamente el precio se fije una vez que la materia prima esté en el establecimiento”.

“Tengo que saber, porque no es lo mismo comprar un millón de kilos de ciruelas con un calibre 88, 110 a que vengan 500.000 kilos porque hubo una terrible pedrada y es de calibre 110-154. Esos tres cambios tontos, se cambian de un día para el otro si quieren y no hace falta pelearse con nadie y les sirve a todos porque los impuestos siguen siendo los mismos, el porcentaje igual, el contrato es el mismo y si alguien quiere producir todo el año, mejor”, remarcó.

Sebastián Lafalla, presidente de la Cámara de Comercio de Tupungato aseguró que “si tiene que seguir (vigente) pero hay que modificarla”. Para el también productor, el precio de la uva o la fruta “lo tienen que establecer los privados y el mercado” pero si considera oportuno que se establezca en el contrato “algún índice de actualización, sea por inflación u otro” o caso contrario “que nos dejen facturar en dólares”.

“En que actividad se entrega un producto sin un marco regulatorio, en ninguno”, insistió Lafalla y luego agregó “lo que buscamos es una herramienta que proteja al productor, no para establecer precios, eso lo discutimos los privados”.

Desde el Centro de Viñateros y Bodegueros del Este, se oponen rotundamente a la continuidad de la legislación porque “el ir corriendo permanentemente la fecha final de presentación de los contratos habla a las claras de que en el caso vitivinícola no es algo que se pueda establecer tan a rajatabla”, sostuvo Mauro Sosa.

Además consideró que “es una ley que recarga todo en las espaldas del industrial” y si no cumple con cada requisito “se aplican multas altamente onerosas o también se pierden otros beneficios, como impositivos” y en el caso del productor “no lo termina protegiendo porque, en definitiva, es tan cambiante una cosecha del momento que se inicia el ingreso de la primera caminada hasta el final, que muchas de las condiciones que se establecen son cambiadas por el mismo mercado, entonces están todos obligados a revisarlas”, señaló.

Mauricio Marín, presidente de la específica de Agricultura de la Cámara de San Rafael sostuvo que la norma “transparenta la relación entre industriales y productores, y eso lo vemos con buenos ojos” pero “el problema viene en la aplicación, que no es del todo práctica. El año pasado surgieron problemas por la extemporaneidad que tenías algunas producciones, porque salían fuera de los plazos que pone la ley y eso implicó en una serie de multas a algunos industriales que no correspondía”.

“No hay que hacer cambios a tontas y locas, pero si el Gobierno debería juntar a los industriales por un lado y a los productores por el otro y buscar consensos para realizarle cambios a la ley”, dijo Marín.

Desde Bodegas de Argentina pidieron la derogación de la ley 9133 porque entienden que “no es un contrato ya que no presupone obligaciones del vendedor, mientras que todas las responsabilidades y sanciones recaen sobre el comprador”, subrayó Milton Kuret.

Según Kuret, la norma no hace más que cargar a los compradores con más costos por la “estructura interna” que se debe emplear en las firmas “para cumplir con una burocracia que en definitiva no beneficia a ninguna de las partes”.

También sostiene que “se hace muy difícil predecir antes de la cosecha, las cantidades de uvas, a qué bodega ingresarán, detalle de variedades y de qué viñedo provienen” y “es posible que al momento de la entrega se vea alterado absolutamente todo lo acordado”.

Kuret recordó que “los compradores pagan una tasa por un contrato que luego, es posible que cambie en todas sus partes, su valor o incluso que no se ejecute. Esto genera algunas ineficiencias económicas para los compradores que no pueden recuperar el pago de tasas realizado en exceso.

Por último indicó que “es una norma burocrática, que no beneficia a ninguna de las partes y sólo genera mayores costos para los compradores a efectos de cumplir” con la legislación.

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