La Dirección Nacional de Refinación y Comercialización, que depende del Ministerio de Economía de la Nación, prohibió tener pegados en las columnas de las islas de despacho de combustible los códigos QR para realizar cobros en las estaciones de servicio y así reubicarlos en otros lugares más alejados.
“Se deberá eliminar el símbolo QR de toda columna, poste, surtidor y/o cartelería que se encuentre dentro de las áreas clasificadas de la estación de servicio, procediendo a su reubicación en otros sectores de la instalación”, se lee en la nota de advertencia que modifica lo dispuesto en 2018 con respecto a la modalidad de pago de combustible mediante el uso de dispositivos.
En otras palabras, el QR debe estar ubicado en una zona donde los clientes puedan escanearlo desde su celular sin salir del vehículo, siempre lejos de las columnas, tótems o postes de carga cercanos a los surtidores.
En ese sentido, la medida también añade que “los dispositivos móviles no son equipos aptos para áreas clasificadas, por lo que su uso indebido en dichos sectores puede conducir a serios accidentes”. De hecho, cuando se carga combustible, está prohibido realizar llamados por teléfono. En las estaciones suele verse el cartel del QR al lado de la prohibición del uso del celular, dando como resultado una postal bastante peculiar.
Gabriel Bornoroni, presidente de la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines (Cecha), dijo a La Nación: “Me he quedado sorprendido. No quieren que los códigos QR estén en la isla y piden que, desde el auto, el conductor lo escanee. Si te bajás del auto, tenés que volver a subir para escanear el código QR”.
Los pagos vía QR han crecido en los últimos años de manera notable. En las estaciones YPF, por ejemplo, los pagos con QR ya representan el 35% del total de las transacciones.
Código QR prohibido para pagar la carga de GNC
Por otro lado, la resolución gubernamental recuerda también que sigue vigente la prohibición de utilizar esta modalidad para el cobro del GNC (Gas Natural Comprimido), ya que todavía el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) no se expidió sobre la factibilidad de dicha operatoria en ese tipo de instalaciones.
“Se deberán arbitrar los medios necesarios para garantizar el cumplimiento de lo antes expuesto, bajo apercibimiento de proceder a sancionar a la instalación que no lo hiciere. Se deja constancia que se notifica la presente todas las entidades auditoras que actúan en el ámbito de la Secretaría de Energía, como así también a las empresas elaboradoras de combustibles, solicitando a éstas últimas tengan a bien hacer extensiva la presente a todas sus estaciones abanderadas”, cierra la nota firmada por Aníbal Mellano, director nacional de Refinación y Comercialización.