El Senado aprobó y convirtió en ley el plan de moratoria amplia propuesto por el oficialismo, que implica un programa de facilidades para el pago de deudas tributarias, previsionales y aduaneras.
Para entenderlo de una forma más simple, la contadora Carolina Petra, del Departamento de Impuestos de TGA Auditores & Consultores elaboró una serie de claves, o puntos principales de la Moratoria Ampliada:
· Se establece el plazo hasta el 31 de octubre para inscribirse en la moratoria.
· Podrán incluirse Planes de las cuotas previsionales, impositivas y aduaneras vencidas hasta el 31 de Julio.
· El vencimiento de la primera cuota es en Diciembre.
· Las Deudas Previsionales se podrán pagar en un plazo entre 48 y 60 cuotas.
· Las Obligaciones Tributarias se podrán abonar en 96 o 120 cuotas.
· La Tasa de Interés será del 2% mensual hasta Enero 2021 y luego se aplicara una tasa variable, calculada por el BCRA - tasa BADLAR.
· Habrá un descuento del 15% para quienes paguen al contado.
· La caducidad de la moratoria será por falta de pago de 3 cuotas para grandes empresas y de 6 cuotas para MiPyMES.
Particularidades:
· Las empresas grandes en los próximos 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
· No podrán acceder quiénes tengan activos financieros en el exterior y no repatríen por lo menos el 30% dentro de los 60 días.
Beneficio a cumplidores:
· Se establece un premio a los cumplidores y, en el caso del monotributo, una condonación del componente impositivo de 6 cuotas para las categorías A y B.
· En caso de las categorías C y D será de 5 cuotas mensuales y consecutivas.
· En las Categorías E y F será de 4 cuotas mensuales, en las Categorías G Y será de 3 cuotas mensuales, y en las I, J, K será 2 cuotas mensuales.
· En las Categorías E y F será de 4 cuotas mensuales, en las Categorías G Y será de 3 cuotas mensuales, y en las I, J, K será 2 cuotas mensuales.
· En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los 17.500 pesos.
· Ganancias, se incrementa 50% la deducción especial para las personas humanas, a quienes se encuentren en relación de dependencia y a jubilaciones, pensiones.
Se eliminó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo pueda disponer una prórroga de esta moratoria.
El acogimiento al presente régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal respecto de los autores o las autoras