El Ejecutivo Nacional, a cargo de Javier Milei, envió al Congreso su Ley de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, la misma incluye 664 artículos y el 603° hace foco en la Ley de Empleo Público.
Entre las modificaciones que promueve, se crea un “Fondo de Reconversión Laboral”, para los “los agentes civiles, militares y de seguridad, cuyos cargos quedaren suprimidos, en función de las medidas establecidas”.
El Fondo se financiará mediante recursos asignados en el Presupuesto, y se enmarcará en un “régimen de promoción para la reinserción laboral privada de agentes públicos”.
¿Cómo funcionará el Fondo de Reconversión Laboral?
Las personas que pierdan su trabajo porque sus cargos resultaran eliminados por las medidas de reestructuración que impulsa el Gobierno -debido a la “supresión de órganos, organismos que componen la Administración Pública nacional o de las funciones asignadas a ellos”- pasarán a situación de disponibilidad por hasta 12 meses.
Durante el tiempo en que se encuentren en disponibilidad cobrarán por el Fondo de Reconversión Laboral por ese tiempo.
Se capacitará a los despedidos, tendrán la obligación de recibir la capacitación que se les imparta, o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado.
“Durante el período de situación de disponibilidad, los agentes públicos abarcados podrán: (i) Aceptar cubrir una vacante en la Administración Pública nacional, en caso que la hubiera y cumplieren los requisitos para ello; (ii) ser contratados por empleadores privados, con los beneficios que se establecen; o (iii) formalizar otro vínculo laboral”, aclara el decreto.
¿Qué pasaría después de los 12 meses desde que un trabajador estatal perdiera su empleo?
De acuerdo con la Ley macro, cumplido el período indicado de doce (12) meses, “los agentes que no hubieren formalizado una nueva relación de trabajo, quedarán automáticamente desvinculados del sector público nacional, teniendo derecho a percibir una indemnización, que será financiada por el Fondo”.
¿Cuánto se pagará a cada trabajador despedido que no consiga un nuevo empleo?
De acuerdo con el proyecto, se abonará a cada trabajador que no hubiera podido “formalizar una nueva relación de trabajo”, un monto “igual a un (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año”.