"Necesitamos poder contar con una base de ANSeS para poder hacer el cruce que requiere la Comunicación “A” 7105 del Banco Central (BCRA). La consulta on line tiene captcha -esas imágenes con letras y números para distinguir a los humanos de los robots-, por lo tanto, las entidades no pueden automatizar la consulta a través del uso de un robot. Al respecto, les informamos que esta consulta se efectuó desde las Asociaciones a BCRA, a n de que se habilite un web server. Dijeron que iban a trasladar el pedido a la Subgerencia General. Se hace indispensable habilitar un servicio de consulta masiva para los bancos”, revela un paper que circuló entre los principales banqueros, sobre los aspectos que le hicieron notar al Central acerca de la nueva normativa del súper cepo al dólar.
“Si la consulta fuera obligatoria por cada nueva acreditación, coincidimos en que resultaría necesario un base o un web service online para obtener certificado tanto para los on boarding como todos los canales de interacción con el cliente. Además debería existir para poder validar online ante un depósito y/o transferencia en dólares por ATM/Tas y evitar que la transacción quede en una estado “pendiente de acreditación” en perjuicio del beneficio y/o depositante/emisor”, agrega.
Otro de los puntos que subraya el documento es que “una certificación denegada por tratarse de una persona por ejemplo jubilada, no necesariamente requeriría una nueva consulta a la ANSeS ante cada nueva acreditación, porque su condición de jubilado no cambiaría a futuro. Similar criterio para un trabajador en actividad”.
Además, preguntaron al BCRA cómo denen la capacidad de ahorro en moneda extranjera. Cuál es el criterio para la razonabilidad de ahorro: ¿un salario mínimo?
Sobre cuentas ya vigentes, la duda reside en qué sucede si esa persona comienza a recibir con posterioridad algún plan de ayuda social en una cuenta del propio banco. ¿Qué procedimiento debería adoptar? ¿Cerrarla cuenta en dólares? ¿No permitir el ingreso de nuevas acreditaciones en dicha cuenta? Si la cuenta es conjunta con otros y solo uno percibe beneficios de planes sociales, ¿qué procedimiento debería adoptarse?
¿El BCRA informará cual es el disponible que posee cada cliente para acceder al mercado de cambios para atesoramiento? Cada banco podría conocerlos consumos que el cliente realiza utilizando tarjetas de crédito y débito en cuentas propias, pero no en el conjunto de las entidades financieras, con lo cual los bancos entienden que esa información debe estar ajustada y centralizada.
Además, preguntaron si se aplica retroactivo a consumos con tarjetas desde el 1 de septiembre o entra en vigencia sobre consumos desde el 15 de septiembre.