De acuerdo con los datos suministrados por la Dirección del Registro Civil, se observa que, durante 2019, el número de casamientos fue de 5.574; en 2020 fueron 2.576 y, en lo que va de este año, 2.858, de manera que se advierte un repunte en la actividad, promovido por la autorización del Gobierno de realizar eventos con hasta 1.000 personas; pero según los empresarios del segmento, a la situación sanitaria se le suma un recelo por la situación económica del país, y los costos propios del festejo hacen que la decisión de las parejas se demore.
Por otro lado, respecto de las uniones convivenciales, durante 2019 el número fue de 4.019; en 2020, de 4.898, y en este año, 2.790. En la actualidad, muchas parejas aún no deciden si casarse o inscribir una unión convivencial en el Registro Civil. Es importante señalar cuáles son las diferencias que existen entre ambas.
La modificación del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN), en 2015, reconoció y les otorgó derechos y obligaciones a las parejas que conviven sin estar casadas.
¿Cuánto cuesta casarse en Mendoza?
Para empezar, el casamiento en el Registro Civil es gratuito, siempre y cuándo se realice en la oficina que le corresponda por domicilio a alguno de los contrayentes, si se optara por una diferente, se deben abonar $1.850 por cada uno de los contrayentes (Código tributario Nº 239).
Además, en caso de que se requiera el servicio de “Matrimonio Móvil”, es decir que la jueza o el juez realice la ceremonia en el mismo festejo, habrá que abonar $13.200, más el costo del transporte (remis para quien oficia el matrimonio). Si además del matrimonio civil, se planea una unión por Iglesia, se pagará por la decoración de la misma un canon establecido en cada parroquia o templo, según el lugar elegido que puede rondar los $4.000.
Luego hay que considerar la vestimenta de los novios, desde $18.000 por un vestido largo o $13.000 por uno corto (entre los menores costos a considerar dentro del segmento), y alrededor de $18.400 para los trajes, y $8.000 en camisas, según los precios que se observan en la web.
Pero para ese día tan especial, los zapatos son uno de los accesorios que le terminarán de dar la elegancia al conjunto, y por eso Dario Gallerani, nos contó como vienen trabajando en el segmento junto a Celia Maggioni, ambos diseñadores industriales, responsables de la marca Maga Design.
“Durante la pandemia pasamos de 100 o 120 pares, a 10 pares, ese fue el impacto de que no hubieran fiestas”, explicó el diseñador, y comentó que sumaron en su web zapatillas urbanas y otros productos a los zapatos de fiesta, y tuvieron otros ingresos por medio de los talleres que dictan, para paliar la situación.
Hoy en día, por el contrario, comenzaron a notar un repunte, que se advierte sobre todo en la comunidad online que existe en Mendoza para quienes están planeando una boda y que se canaliza a través de “casamientos.com.ar”. “Las consultas nos llegan por ahí, o nos encuentran en Instagram o Facebook (Maga.Design)”, señaló.
En cuanto a los precios, explicó que están presentando una colección nueva de zapatos, que incluye bordados hechos a mano con pedrería, y detalles como los nombres de los novios, o una frase que los identifique, y se pueden adquirir por entre $10.000 y $15.000 en el caso de las mujeres, y $11.000 a $12.000 para los hombres, o $15.000 si se suma el cinturón haciendo juego.
Se trata de calzado de diseño exclusivo en Mendoza y realizado en materiales de gran calidad, pero según comentó su creador, “se contienen los precios para adecuarlos al poder adquisitivo de los clientes”. “Estamos notando un repunte, pero continúa el miedo por la pandemia, por la variante Delta, y por la situación económica del país; aunque también vemos el deseo de la gente de compartir un momento con lo amigos y la familia y celebrar después de los meses de encierro”, cerró.
En tanto que, a la hora de hablar del salón, y de los complementos que llevan los novios, las flores se utilizan como elementos de distinción, la novia debe llevar un ramo o bouquet, algún accesorio para el cabello, que también se coloca en las niñas de la corte, y el novio y los padrinos, un boutonnière cada uno (el adorno floral que llevan los novios colocados en la solapa izquierda del traje), también se utilizan flores para los centros de mesa, y la Iglesia.
Al respecto, Teresita Diez de AmbyDeco (ambydeco_tm en Instagram), explicó que durante la pandemia muchos floristas de Mendoza prefirieron optar por otros cultivos, por la baja en la demanda de flores, por lo que la mayoría de los productos hoy se mandan a pedir a Buenos Aires, y los precios han subido considerablemente. Así, ramos de lisianthus, que suelen usarse para los ramos de las novias, y que costaban alrededor de $500, hoy representan $1.300 de costo inicial.
No obstante, Teresita contó que se preparan las propuestas de acuerdo a los requerimientos y el poder adquisitivo de los novios para que no falte la decoración en ese día tan importante para ellos, y un paquete que incluye cada detalle puede costar alrededor de $50.000.
“Se están empezando a reactivar los casamientos, incluso tenemos pedidos para enero, que antes era una temporada baja, pero con las nuevas habilitaciones, quienes no pudieron casarse el año asado, están reprogramando para las fechas disponibles”, cerró Teresita.
La fotografía es quizás uno de los costos más importantes a considerar, no por el precio, sino porque será lo que le quede a la pareja para siempre. Y en este segmento, en Casamientos.com.ar, los profesionales ofrecen sus servicios por desde $10.000 y hasta $70.000, según lo que pidan los novios (foto y video, fotolibro, y demás).
Finalmente, llegamos a la fiesta, y organizar un evento en una quinta o salón de Mendoza tiene precios muy variables, pero en general, se pueden considerar rangos que van desde los $2.500 a los $5.000 por comensal.
¿Qué trámites se requieren para casarse en Mendoza?
El matrimonio es la unión de dos personas ante la ley, que se comprometen a desarrollar un proyecto de vida en común basado en la cooperación, la convivencia y el deber moral de fidelidad. Se celebra ante un oficial público del Registro Civil y queda registrado en un acta, que acredita la realización.
Documentación que deben presentar:
- Partida de nacimiento de ambos contrayentes certificada y actualizada con antelación, no mayor a seis meses. Siempre que sean argentinos.
- Documentación que acredite la identidad de ambos contrayentes (si las tuvieren). DNI, si son argentinos.
- Documentación que acredite la identidad de los testigos. DNI, si son argentinos.
- Si son divorciados o viudos, deben acompañar las partidas correspondientes: partida de matrimonio con la marginal de divorcio o partida de matrimonio y partida de defunción del otro cónyuge.
- Si han celebrado una convención matrimonial, deberán presentarla sólo a fin de que se registren los datos correspondientes (fecha, número de escritura, nombre del escribano y Registro Notarial). Tomados estos los datos, la convención matrimonial permanecerá en poder de los solicitantes.
No pueden contraer matrimonio:
- Los parientes en línea recta en todos los grados, cualquiera que sea el origen del vínculo (abuelos, padres, nietos, etc.).
- Los hermanos bilaterales y unilaterales, cualquiera que sea el origen del vínculo.
- Los parientes afines en línea recta en todos los grados. Por ejemplo, ex suegro/a y nuera o yerno.
- El matrimonio anterior, mientras subsista hasta que esté registrada la sentencia de divorcio.
- Haber sido condenado como autor, cómplice o instigador del homicidio doloso de uno de los cónyuges.
- Tener menos de 18 años. Las personas que tengan mas de 16 años pueden casarse con la autorización de sus representantes legales, y los que tengan menos de 16 solo por dispensa judicial.
- La falta permanente o transitoria de salud mental que le impide tener discernimiento para el acto matrimonial (solo con dispensa judicial).
Turno para contraer matrimonio
Debe solicitarse ante la oficina seccional en que se realizará el matrimonio con una anticipación de 30 días corridos.
Para el Gran Mendoza deben enviar mensaje de WhatsApp al 261 2094603. En las oficinas del Valle de Uco, Lavalle y Este: presencial. Y en el Sur, puede ser presencial o por correo a:
- matrimoniossanrafael@mendoza.gov.ar
- matrimoniosgeneralalvear@mendoza.gov.ar
- matrimoniosmalargue@mendoza.gov.ar
La celebración del matrimonio realizado en la oficina seccional y la expedición del primer testimonio del matrimonio son totalmente gratuitas. Sin embargo, si los contrayentes deciden casarse en una oficina diferente a la que le corresponde por el domicilio de alguno de ellos, deberán presentar dos testigos adicionales y pagar dos códigos 239.
Matrimonio móvil
En el caso de que los contrayentes quieran que el matrimonio se celebre fuera de la oficina, deberán solicitar el servicio de matrimonio móvil, que implica además el costo de traslado del oficial público.
De acuerdo con la zona de residencia, las vías de comunicación son las siguientes:
- Gran Mendoza: Casa de Gobierno, Ventanilla Única, Planta Baja, Ala Oeste. O al WhatsApp: 261 2094603.
- Zona Este: Pueyrredón 58, San Martín o mensaje al WhatsApp 261 5974519.
- San Rafael: Avenida Mitre 11.
- General Alvear: Av. Alvear Oeste 540.
- Malargüe: San Martín 258.
- Valle de Uco: San Martín 1900, Centro Cívico de Tunuyán o mensaje de WhatsApp al 262 2571859.
Es importante destacar que las celebraciones de matrimonio en las oficinas del Registro Civil están abarcadas por los protocolos sanitarios de COVID-19, uso de cubrebocas y distanciamiento social.
¿Cuál es la diferencia entre la unión convivencial y el matrimonio?
La unión convivencial es una unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, público, notorio, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.
Se inscriben en el Registro Civil así como los pactos que sus integrantes hayan celebrado y su cese. Vale aclarar que el pacto de convivencia se puede realizar a través de un escrito simple y no requiere escritura pública para su realización.
Las relaciones económicas entre los integrantes de la unión se rigen por lo estipulado en el pacto de convivencia. A falta de pacto, cada integrante de la unión ejerce libremente las facultades de administración y disposición de los bienes de su titularidad, con la restricción regulada en este título para la protección de la vivienda familiar y de los muebles indispensables que se encuentren en ella.
Los convivientes se deben asistencia durante la convivencia.
- Contribución a los gastos del hogar. Es obligatorio contribuir a los gastos domésticos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 del CCyCN.
- Protección de la vivienda familiar. Si la unión convivencial ha sido inscripta, ninguno de los convivientes puede, sin el asentimiento del otro, disponer de los derechos sobre la vivienda familiar ni de los muebles indispensables de esta, ni transportarlos fuera de la vivienda. El juez puede autorizar la disposición del bien si es prescindible y el interés familiar no resulta comprometido (artículo 522 del CCyCN). La vivienda familiar no puede ser ejecutada por deudas contraídas después de la inscripción de la unión convivencial, excepto que hayan sido contraídas por ambos convivientes o por uno de ellos con el asentimiento del otro.
Los convivientes no se heredan entre sí.
- No existe presunción de paternidad respecto de los hijos nacidos durante la unión.
- La registración de la unión convivencial acredita la relación desde la fecha declarada por los convivientes y los testigos hacia el futuro, hasta que sea cancelada o bien se pruebe el cese de la misma por otros medios.
Las parejas que deseen realizar el trámite no abonan ningún arancel y en algunos casos, como el Gran Mendoza, deben solicitar el turno a través de mensaje de WhatsApp al número 261 2094603. Para el resto de los departamentos es presencial.
Requisitos para la unión convivencial
- Ambos deben ser mayores de 18 años.
- Documentación que acredite la identidad de ambas personas. DNI, si son argentinos.
- Haber mantenido la convivencia por al menos dos años.
- Si han celebrado un pacto de convivencia, deben acompañarlo.
- Ser solteros, viudos o divorciados. No pueden registrar una unión convivencial quienes se encuentran separados de hecho.
- Dos testigos mayores de 18 años con DNI.
- Si alguno de los contrayentes es viudo, deberá presentar copia del acta de matrimonio y de defunción actualizada de su cónyuge.
- Si alguno de los contrayentes es divorciado, deberá presentar copia del acta del matrimonio anterior, con la inscripción marginal de la sentencia de divorcio.
- No deben estar unidos por vínculos de parentesco en línea recta ni colateral hasta el segundo grado.
- No deben estar unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta.
Cese de la unión convivencial
El CCyCN, en el artículo 523, prevé de forma taxativa los distintos supuestos que dan lugar al cese de la unión convivencial:
- Muerte o la ausencia con presunción de fallecimiento.
- Matrimonio o nueva unión de uno de sus miembros.
- Matrimonio de los convivientes.
- Por mutuo acuerdo, presentándose de forma conjunta en el Registro Civil solicitando el cese.
- Por voluntad unilateral de alguno de los convivientes notificada fehacientemente al otro. A tal efecto, se debe presentar en el Registro Civil una carta documento de uno de los convivientes al otro informando el cese de la convivencia o constancia efectuada por escribano público.
- Por el cese de la convivencia mantenida. La interrupción de la convivencia no implica su cese si obedece a motivos laborales u otros similares, siempre que permanezca la voluntad de vida en común.