La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que a partir de este jueves14 de julio, entraron en vigencia “medidas tendientes a robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”.
Uno de los efectos más directos para los consumidores de dichas medidas, será que las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto PAIS del 35% al 45%. La actualización alcanza al consumo de divisas para viajes y gastos en el exterior, e incluye a los servicios de streaming tales como Netflix y Disney Plus, pero también otras suscripciones y compras que aquí detallaremos:
- Retiro de dinero en el exterior: las extracciones, o adelantos en efectivo en el exterior se verán afectadas, algo que tendrá efecto en el turismo.
- Compras en sitios o portales: los productos que se adquieran a través de eBay, Ali Express o Amazon, entre otros, costarán un 10% más que hace un día (75% de aumentos sobre el precio del dólar del día de la compra). Se exceptúa del Impuesto País, a los gastos referidos a la prestación de salud, comrpa de medicamentos, adquisiciones de libros en cualquier format y la utilización de plataformas o software con fines educativos.
- Servicios vía streaming: el efecto más extendido será el del aumento de los servicios de video o música por streaming, tales como Spotify, Netflix y plataformas de videojuegos. Lo mismo sucederá con plataformas populares como Onlyfans. El servicio dejará de pagarse en $222,75 (dólar Banco Nación más impuestos), para pasar a $236,25. Con esto, y sin mediar promociones que puedan anteponer las empresas, el incremento será del 6% para los usuarios.
- Suscripciones a diarios y revistas, y softwares: pagar por el New York Times, por ejemplo, implica u$s1 dólar por mes, o con el aumento de impuestos, $236,25 (de $222,75 en precio promocional para nuevos suscriptores). También sufrirán incrementos, el pago de servicios de publicidad o de posicionamiento en internet (Facebook o Google, por ejemplo); los software de gestión (ERP) y de relaciones con los clientes (CRM): SAP, Microsoft Dynamics 365; comunicaciones integradas: Avaya y Cisco; programas: suite de oficina (como Microsoft Office), sistemas operativos (Windows) y antivirus.
- Servicios en el exterior de turismo: los hospedajes en hoteles, vuelos, excursiones y otros servicios que, además, muchas veces no pueden pagarse con otra cosa que no sea una tarjeta de crédito, también costarán un 10% más.
La explicación de la AFIP
De acuerdo con lo comunicado por el organismo oficial, “la decisión forma parte de las distintas medidas destinadas a garantizar el equilibrio fiscal y promover la solvencia del Estado como promotor de la actividad económica”.
Asimismo, “la actualización en la alícuota de la percepción se instrumenta a partir del reconocimiento de la expresión de capacidad contributiva de un sector de contribuyentes que, fundamentalmente, gastos de moneda extranjera para viajes y consumos en el exterior.
¿Se devolverá el 45% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales?
Desde el ente recaudador explicaron que, la adecuación de la alícuota para la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales establecida en 2020 recae sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS, a excepción de la compra de moneda extranjera para atesoramiento.
La herramienta permite anticipar ingresos tributarios a partir de las operaciones realizadas en viajes y consumos en el exterior por parte de un conjunto de contribuyentes que expresan capacidad contributiva, y luego puede solicitarse o bien su reintegro, o bien, se deduce de impuestos.
Como sucede desde la implementación de la Resolución General 4815, cuando las percepciones experimentadas por un contribuyente superen el monto a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado.
Asimismo, aquellos monotributistas, autónomos, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan operaciones en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción. El reintegro de dichos montos estará sujeto a las acciones de control y fiscalización de la AFIP, que tendrán lugar una vez finalizada la presentación de las declaraciones juradas de ambos impuestos.