La AFIP anunció que se podrá dar “de alta provisoria o definitiva” a cualquier trabajador desde el celular, mediante la aplicación “Mi AFIP”. El organismo desarrolló el sistema “Alta Ya” para simplificar la registración de las relaciones laborales, sin la necesidad de contar con acceso a una computadora.
“Esto es un paso más en la lucha contra la informalidad, apuntado a establecimientos agropecuarios, obras en construcción y eventos”, aseguró Carlos Castagneto, el funcionario a cargo de AFIP.
La herramienta estará disponible para empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y permitirá comunicar de forma rápida las altas definitivas o provisorias de los trabajadores que incorporen a su nómina de personal. La opción coexiste con la modalidad de presentación tradicional, comprendida en el sistema de Simplificación Registral. Cabe destacar que antes de comenzar a operar en la aplicación, las y los empleadores deberán habilitar por única vez el sistema ingresando al servicio con clave fiscal “Administrador de Relaciones de clave fiscal”.
De esta manera, los contribuyentes podrán dar cumplimiento con los requisitos estipulados en el Programa de Simplificación y Unificación Registral sin necesidad de contar con una computadora de escritorio, lo que agiliza la formalización laboral inmediata en sectores como los dedicados a la organización de eventos masivos, y las actividades rurales o de la construcción.
¿Cuánto cobra un obrero de la construcción registrado?
La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) arregló con la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO), un aumento salarial para el último trimestre de este año, y en diciembre se completará el último tramo para alcanzar el 33% acordado.
Así, con un incremento del 11%, sobre lo cobrado en noviembre, un albañil, ayudante, obrero, sereno, maestro mayor de obra y demás pasará a cobrar por hora:
- La categoría Oficial Especializado en la Zona A es de $1.881 por hora.
- La categoría Oficial en la Zona A es de $1.602 por hora.
- La categoría Medio Oficial en la Zona A es de $1.477 por hora.
- La categoría Ayudante en la Zona A es de $1.356 por hora.
- La categoría Sereno en la Zona A por mes $246.097 por hora.
Alta provisoria sin clave fiscal, en sólo cuatro pasos
Esta opción está orientada a un sector no experimentado en materia de Seguridad Social, ante ingresos de personal no previsto, como puede ocurrir en obras de construcción, plantaciones o actividades de alta rotación.
Los empleadores que no cuenten con la totalidad de los datos al momento de inicio de la relación laboral, podrán tramitar el alta provisoria:
- Ingresar en el “Módulo Alta Provisoria Sin Clave Fiscal”;
- Completar y confirmarl el CUIT del empleador y el CUIL del trabajador en la primera pantalla,
- Informar el domicilio, actividad y la fecha de inicio de la relación laboral en la pantalla siguiente.
- Por último, la aplicación emitirá un Dígito Verificador consistente en un código único que deberá conservarse a disposición de la AFIP, hasta obtener el acuse de recibo que respalda el alta definitiva, para lo cual contará con un lapso de 5 días hábiles.
Alta Definitiva, con clave fiscal
Los empleadores que cuenten con todos los datos necesarios podrán registrar el alta definitiva del personal ingresando a la aplicación “ALTA YA”, seleccionando el “Módulo de Alta Definitiva”, al que deberán acceder con clave fiscal y CUIT.
- En la primera pantalla, deberán cargar la fecha de inicio de la relación laboral, domicilio, actividad y obra social; y en la siguiente, el convenio colectivo de trabajo, el puesto, modalidad de trabajo y contratación, entre otras.
- Al finalizar la carga de los datos, la aplicación emitirá una constancia del registro de alta con la misma validez que la que se obtiene por el sitio web de la AFIP.
- Para poder utilizar este módulo, el empleador deberá tener sus datos actualizados en Simplificación Registral.
¿A qué beneficios acceden los trabajadores registrados?
- Vacaciones pagas:
1°) Un (1) día por cada veinte (20) días trabajados cuando su antigüedad con la empleadora no exceda de cinco (5) años.
2°) Un (1) día por cada quince (15) días trabajados cuando la antigüedad fuere mayor de cinco (5) años y no excediere de diez (10) anos.
3°) Un (1) día por cada diez (10) días trabajados cuando su antigüedad fuere mayor de diez (10) años.
b) Los trabajadores que no alcancen a prestar servicios durante veinte (20) días, percibirán, can imputación a vacaciones un importe proporcional al tiempo trabajado, fuera cual fuere la antigüedad.
- acceso a una obra social,
- cobertura de aseguradoras de riesgos de trabajo,
- licencias por enfermedad y por maternidad,
- jubilación y otros beneficios.
Es importante señalar que cada trabajador también puede registrar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) ante la AFIP en , mediante el servicio “Declaración de CBU”. Para ello, cada trabajador debe tener una cuenta en la que cobre su sueldo (”cuenta sueldo”), a fin de poder declarar dicho CBU.
El programa establece la devolución del 21% del monto final para compras realizadas con tarjeta de débito, vigente para la adquisición en comercios minoristas y/o mayoristas de frutas, verduras, lácteos, panificados, carnes y el resto de los productos que componen la canasta básica, con un tope mensual por persona de $18.800.