Está en vigencia la prohibición de utilizar plásticos de un solo uso en la jurisdicción del Parque General San Martín.
La medida, adoptada por la Secretaría de Ambiente de Mendoza, resultaba necesaria porque constituye una protección más en uno de los espacios verdes urbanos más importantes de la Argentina y de Sudamérica, tanto por su extensión de casi 400 hectáreas como por su cercanía con la capital provincial.
Con esta decisión se intenta disminuir la generación de residuos y desechos plásticos que tanto afecta a estructuras verdes de gran volumen como es nuestro emblemático paseo.
En la práctica, lo que se ha prohibido es el empleo en el Parque de vasos, sorbetes, platos, bolsas, cubiertos y envoltorios plásticos de un solo uso, que tras su utilización se arrojaban a los recipientes de residuos o… en la mayoría de las veces al suelo.
La restricción alcanza asimismo a las bolsas plásticas no reutilizables, destinadas a contener o transportar productos y bienes que sean suministrados bajo cualquier título, en cualquier punto de venta o entrega.
Quedarán también inhabilitados los envoltorios que se utilizan para la entrega de alimentos u otros productos y bienes, a título gratuito u oneroso, en envoltorios plásticos. No se podrán usar asimismo botellas de bebidas, vajilla y utensilios plásticos descartables, bolsas plásticas no reutilizables, envoltorios y similares.
La provincia no es pionera en la materia porque otros lugares del país y de Latinoamérica han adoptado anteriormente el procedimiento, pero la decisión de sumarse a un beneficio ambiental debe ser merituada como beneficiosa para nuestro ambiente.
El objetivo es disminuir la generación de residuos y desechos plásticos producidos por los negocios ubicados en el lugar, sobre todo los que ofrecen servicios gastronómicos.
“Esta medida se implementará en todas las unidades de servicio y clubes y permitirá que los mendocinos y turistas disfrutemos de un paseo más sustentable y un ambiente más limpio”, sostuvo en las redes sociales el secretario de Ambiente, Humberto Mingorance.
Efectivamente, algunas actividades desarrolladas por los paseantes, concesionarios, permisionarios o clubes dentro del Parque utilizan cantidades de elementos plásticos de un solo uso, ocasionando daños ambientales perdurables porque esos artículos son de difícil degradación.
De esta manera, la autoridad impone la sustitución de elementos que permitan ser reutilizados, compostables, renovables y reciclables.
El problema de contaminación es de todo el paseo, pero con fuerte acento en el denominado Parque Histórico General San Martín, donde se ubican diferentes unidades comerciales, que ofrecen, principalmente, servicios gastronómicos.
La Dirección de Parques y Paseos Públicos tendrá un gran trabajo en controlar el cumplimiento de la normativa, debiéndose ejecutar una importante cuota de gestión para que se cumpla la medida adoptada, asociada a la Ley Provincial 5961, que manda la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, aplicable a áreas y monumentos naturales, reservas forestales, faunísticas y de uso múltiple como es nuestro “pulmón verde”.
Se avecina entonces el gran desafío de vigilar, monitorear y sancionar lo dispuesto por la resolución.
Las unidades comerciales del área, como restaurantes, bares, escaparates, food trucks y otros locales que comercializan comida preparada, deberán adaptarse a la exigencia y utilizar elementos de materiales no contaminantes, biodegradables, reutilizables, renovables, reciclables o compostables que existan en el mercado.