La Oficina Anticorrupción (OA) es un organismo público creado por ley el 10 de diciembre de 1999, con el inicio de la presidencia de Fernando de la Rúa, en el ámbito del Ministerio de Justicia. Luego se lo transformó en descentralizado y en diciembre de 2019, por decreto del gobierno de Alberto Fernández, adquirió el carácter de organismo desconcentrado de la Presidencia de la Nación y ahora, con el gobierno libertario, volvió a su anclaje inicial.
La función de esta área desde su creación fue la elaboración y coordinación de programas de lucha contra la corrupción en el sector público nacional. Además, en la práctica, es un organismo encargado de observar conductas y procederes inapropiados en el ejercicio de la función pública para denunciarlos ante la Justicia. También recibe y analiza las declaraciones de bienes de los funcionarios del Ejecutivo.
Al margen de suspicacias con respecto a conductas partidarias que puedan surgir por tratarse de una dependencia oficial a cargo de un funcionario elegido por el gobierno de turno, su labor debe aportar seriedad institucional. Es apropiado que desde la órbita gubernamental de un país se vele por el correcto cumplimiento de funciones a través de un organismo específico.
En los últimos años hubo excepciones, lamentablemente, como cuando al mando del gobierno anterior la OA renunció en forma deliberada a su rol de querellante en las causas penales contra funcionarios acusados de delitos de corrupción. Se trataba, ni más ni menos, de la mayoría de las causas que involucraron a la familia Kirchner y que ahora están en instancias de definición de juicios o en apelaciones por haberse comprobado y juzgado graves delitos.
Y la actual gestión presidencial también se vio inmersa en una cuestión interpretativa que generó dudas luego disipadas. En efecto, se supo que el organismo determinó que el titular del Poder Ejecutivo Nacional no tendrá que informar quiénes lo contrataron profesionalmente antes de asumir la Presidencia. Interpreta el actual titular de la OA, Alejandro Melik, que la ley vigente no obliga ni intima al funcionario a tener que realizarlo. De todos modos, se instó a Javier Milei a no dictar medidas que beneficien a empresas que antes de ser funcionario le hayan pagado por sus servicios profesionales o de asesoría.
La curiosidad por saber quiénes (personas o empresas) contrataron como profesional al ahora presidente Milei desde 2021 surgió de dos legisladores porteños pertenecientes al partido Coalición Cívica, que argumentaron una cuestión de ética pública.
De todos modos, se informó periodísticamente que el responsable de la Oficina Anticorrupción le envió al presidente Milei una extensa nota con recomendaciones sobre ética pública, esbozadas por el propio funcionario, para evitar que se alteren principios que atañen al comportamiento ético, evitando, sobre todo, incompatibilidades y conflictos de intereses.
Luego de tantos años turbulentos en el país en lo concerniente al manejo y distribución de los recursos públicos, con escándalos que se ventilan en la Justicia y que en la mayoría de los casos siguen desarticulando enormes tramas de corrupción en la función pública, es saludable que desde el manejo del Estado se confíe el control de los actos de los funcionarios a un profesional que valore el cometido y lo ponga en práctica. La honestidad en el ejercicio del poder puede llegar a ser la mayor virtud valorada por la población.