El fallecimiento de una ciclista de 61 años, hace dos semanas en los bosques de Palermo, ciudad de Buenos Aires, convoca otra vez al debate sobre las penas que deberían aplicarse en casos de extrema gravedad.
Se considera así a los siniestros viales que, en su ocurrencia, gravitan fuertemente la presencia de conductores alcoholizados o que conducían a velocidad excesiva, por lo general bajo efectos de estupefacientes.
A ese tamaño desprecio por la vida ajena hay que añadir que en muchos de estos episodios se produce la fuga de la escena de la tragedia sin intentar auxiliar a las víctimas, como ocurrió en el caso del paseo porteño.
Desde hace tiempo, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y organizaciones de la sociedad civil, a las que no son ajenas entidades de Mendoza, vienen insistiendo en promover un proyecto que cree la figura penal del “homicidio vial”.
Fue este penoso hecho de Palermo un suceso perfectamente evitable por el conductor, quien no debió conducir un vehículo en el estado en que estaba, y menos a la velocidad imprudente en que lo hacía. La dirección de marcha se desvió y, tras invadir la bicisenda, el rodado atropelló a cinco ciclistas, matando a una mujer e hiriendo a cuatro más. Cuando alguien sale con un auto, con todos esos agravantes, se está convirtiendo en un asesino potencial.
Hasta el momento no se cuenta con una figura específica para este tipo de incidentes, que suelen entrar en una disputa legal entre el homicidio doloso y el culposo y con penas que, en algunos casos, no llegan a ser de cumplimiento efectivo.
En incidentes como el narrado, la severidad de la condena debería ser mayor: el atropellamiento de las víctimas no ocurrió sobre una avenida o calle sino en una bicisenda, donde se supone que sus usuarios pueden desplazarse más protegidos, en especial si van por su mano de circulació
n.
Por eso para los episodios en los que están probadas varias transgresiones acumuladas se pide la creación de la figura del “homicidio vial”.
“Esto no fue un accidente. Fue un homicidio. Manejar obnubilado, matar y huir, no puede terminar en una pena en suspenso porque ‘no hubo intención’”, escribió en las redes sociales el director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Pablo Martínez Carignano.
El organismo nacional se presentó bajo la figura de amicus curiae, una medida que se viene adoptando desde 2020 en las causas con hechos fatales como consecuencia de una clara violación a las normas de tránsito.
El funcionario nacional, que es apoyado por las organizaciones civiles, va a pedir desde la Agencia que se califique lo sucedido como homicidio doloso, con un castigo de ocho a veinticinco años de prisión.
En Mendoza ocurren muchos sucesos en los que se verifica a conductores que manejan bajo los efectos de alcohol o estupefacientes y causan incidentes graves.
La Policía Vial provincial y las reparticiones municipales tienen que insistir en los controles en distintos lugares, como una de las maneras posibles de desalentar estas conductas que tanto daño hacen a familias inocentes.