Los reiterados episodios de contaminación que se han registrado en el pasado en la provincia por diversos procesos industriales, especialmente derivados del petróleo, han causado diversos daños a las personas y al suelo de las zonas afectadas.
Parte del tema fue analizado en la página de Ciencia de este diario, en un trabajo de la licenciada Florencia Trentacoste en el que se abordó el tema de los impactos acumulativos generados por la actividad petrolífera, con motivo de desbordes o afloramientos producidos por la falta de una pertinente gestión ambiental.
El aumento de los conflictos ambientales; la falta de especialización en la materia por parte de los órganos judiciales existentes o la ausencia de celeridad, acarrean perjuicios ambientales de incalculable alcance, siendo algunos irreparables. Se podrían nombrar decenas casos en la provincia de Mendoza.
A propósito del tema en consideración, la Comisión de Ambiente y Recursos Hídricos de la Cámara de Diputados de Mendoza avanza, desde hace tiempo, en análisis de un proyecto de ley que cree en nuestro medio el fuero ambiental, como órgano especializado en la materia.
El texto, impulsado por el legislador Emiliano Campos (UCR), busca la “adecuada gestión político-gubernamental del ambiente para los innumerables conflictos sobre la materia, al implementar y facilitar los mecanismos de acceso a la justicia e información pertinente”, garantizando así una “efectiva tutela del ambiente”.
Como se ha expresado, la propuesta pretende crear el fuero ambiental en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia, como un órgano especializado en asuntos ambientales, cuyo objetivo es agilizar y facilitar el acceso a la Justicia y a la información relacionada con el medio ambiente.
El propio autor de la iniciativa, el diputado Campos señala: “Buscamos efectivizar una respuesta ágil y oportuna, a través de herramientas de tutela anticipada o expedita, como amparos, medidas cautelares y la crucial intervención del Ministerio Público Fiscal para arbitrar en caso de prevención, mitigación, remediación o cualquier accionar pertinente para la protección ambiental”.
Por otra parte, la ley, de concretarse, necesitaría crear un juzgado de primera instancia provincial con su respectiva secretaría, pudiendo disponer la creación de otras secretarías según la cantidad y complejidad de los casos. También se propone establecer una cámara de apelaciones en lo ambiental que actúe como tribunal de alzada para las sentencias emitidas por juzgados de primera instancia ambientales. Además, se prevé la creación de una fiscalía ambiental, encargada de los casos penales relacionados con el medio ambiente, y un cuerpo de investigación científica compuesto por profesionales que brinden asistencia técnica específica a los fiscales ambientales.
La competencia del fuero, serán los casos de vulneración de los tratados internacionales de rango constitucional sobre medio ambiente, el artículo 41 de la Constitución Nacional argentina, la Ley General del Ambiente 25.675 (norma nacional) y la normativa ambiental complementaria de la Provincia, en donde además quedan establecidos los principios de prevención, precaución, acceso a la información y participación ciudadana en asuntos ambientales, así como el acceso a la justicia en casos de daño ambiental colectivo, entre otros.
El autor de la iniciativa advierte sobre la importancia de la celeridad procesal necesaria en los casos ambientales, ya que el actual Código Provincial Civil y Tributario provincial no prevé las normas adecuadas para abordar estas temáticas y en tal sentido plantea además la sanción de un Código de Procedimiento específico para los casos ambientales.
Igualmente se advierte sobre la necesidad de una formación especializada en Derecho Ambiental, que integre conocimientos jurídicos y de otras ciencias con el fin de comprender la complejidad de los casos ambientales.
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