El Boletín Oficial anunció este martes un nuevo “dólar soja” en el marco de un programa de incremento exportador. Las empresas exportadoras no tenían un frente común ante el nuevo esquema cambiario generado pos devaluación.
La reacción de las empresas luce bien diferente a las otras veces que el Ejecutivo apeló a un tipo de cambio diferencial para tentar a los exportadores de soja. En las tres versiones anteriores, se puso como objetivo un monto de liquidaciones de divisas, que en algunos casos hasta se sobrecumplió.
¿Qué cambios hay en este nuevo dólar soja?
A diferencia con las ediciones anteriores, no lo definen como el típico programa exportador sino que cada empresa decidirá individualmente si ingresa al esquema y de qué manera operará.
Cada exportador tomará la decisión sobre la base de sus necesidades de molienda y/o del programa de exportación de soja y subproductos de la soja de origen argentino.
Los valores del dólar soja
La nueva versión del “dólar soja 4″ intentará captar una parte de los 11 millones de toneladas de soja que aún los productores retienen en los silobolsas. Tiene un valor que supera los 5.000 millones de dólares.
Se estima que el precio diferencial es de unos $440 por cada dólar exportado, superior a los $350 que rige en el mercado mayorista. También existe la posibilidad de que los exportadores mantengan ese 25% de las divisas fuera del país.
El Decreto 443 que se publicó hoy en el Boletín Oficial dice que: “el 75% de la mercadería deberá ingresar en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios, mientras que el 25% restante será de ‘libre disponibilidad’”.
La cuarta versión de este programa para la exportación no podrá calcularse como un tipo de cambio fijo. Básicamente porque una parte se cotizará de acuerdo al precio de los dólares alternativos (libres).
“Dichas sumas, expresadas en moneda extranjera, deberán considerarse un Certificado de Crédito Fiscal aplicable, en un primer término, al pago del derecho de exportación o, en su defecto, podrá utilizarse a los fines de la cancelación de obligaciones impositivas de los sujetos adheridos a los términos del presente programa”, apunta el decreto firmado por Alberto Fernández.