Ecuador aprobó la eutanasia este miércoles, con lo que se convirtió en el segundo país latinoamericano en despenalizar el procedimiento después de Colombia, a raíz del caso de una paciente con una enfermedad incurable y mortal.
La sanción por homicidio que se aplicaba en estos casos “no podrá aplicarse al médico que realiza un procedimiento de eutanasia activa en aras de preservar los derechos de una vida digna y al libre desarrollo de la personalidad del paciente”, señaló el máximo tribunal constitucional en un comunicado.
La Corte, donde la votación cerró con 7 votos a favor y 2 en contra, se valió del caso de Paola Roldán, de 43 años, que sufre esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad degenerativa y dolorosa. La mujer interpuso en agosto de 2023 una demanda contra el artículo 144 del código penal ecuatoriano, que consideraba el procedimiento como un homicidio y prevé una pena de prisión de entre 10 y 13 años.
La sentencia le dio la razón sobre la “inconstitucionalidad” del apartado, aunque el Ministerio de Salud todavía debe presentar un proyecto de ley al Congreso para reglamentar la eutanasia. Por su parte, Farith Simon, uno de los abogados de Roldán, indicó por la red X que “la sentencia es de cumplimiento INMEDIATO”.
En América Latina, solo Colombia despenalizó la eutanasia, en 1997. Los parlamentos de Uruguay y Chile discuten proyectos al respecto, mientras que en México existe la llamada ley del “buen morir”, que autoriza al paciente o su familia a solicitar que la vida no sea prolongada por medios artificiales.
La Corte de Ecuador, una nación tradicionalmente conservadora y de mayoría católica, religión que condena la eutanasia, evaluó los alegatos de Roldán y explicó que “sería irrazonable imponer a quien atraviesa esta situación una obligación de mantenerse con vida”.
“Cada ser humano puede tomar decisiones libres e informadas cuando se afecta su desarrollo personal, lo que a criterio de esta Magistratura incluye la opción de poner fin al sufrimiento intenso causado por una lesión corporal grave e irreversible o una enfermedad grave e incurable”, añadió.
Por solicitud del tribunal, el Ministerio de Salud debe elaborar en un plazo de dos meses un reglamento para los procesos de eutanasia activa y la Defensoría del Pueblo redactar en seis meses un proyecto de ley que deberá ser aprobado por el Congreso en máximo un año.
La mujer -que permanece postrada en una cama- intervino vía videollamada. “Quiero descansar en paz, tranquila y en paz”, manifestó entonces. Con una sonda permanente que le suministra oxígeno y voz entrecortada añadió: “Sé que lo único que merezco es la vida y la muerte con dignidad” y que “he rozado la muerte tantas veces”.
Ramiro Ávila, otro de sus abogados, indicó ante los magistrados que “Paola abrió las puertas de su casa, de su vida y de su corazón para permitirnos precisar el alcance de un derecho necesario para cientos de personas, que hoy en día en Ecuador están padeciendo sufrimientos graves físicos y emocionales”. “Se ha convertido en la voz de esas personas que en Ecuador representan la cuarta causa de suicidios”, anotó en alusión a quienes sufren enfermedades incurables.