AFIP vs ARCA

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) es un organismo autónomo del Estado argentino, encargado de la aplicación, percepción, recaudación y fiscalización de las rentas e impuestos nacionales. A partir de ahora sus funciones las asumirá la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) cuyas diferencias entre ambos organismos públicos se explica en esta nota.

AFIP vs ARCA
Sede de AFIP Mendoza tras los cambios anunciados por el gobierno de Javier Milei (Foto: Los Andes)

El lunes 21 de octubre, se conoció el Comunicado Oficial, con el siguiente contenido:

- Eliminación de la AFIP en el marco de la reducción del Estado y las infraestructuras ineficientes.

- Reducción de 3155 agentes, entre autoridades superiores e inferiores, cuyo ingreso se produjo en forma irregular, generando un ahorro de $ 6.400 millones.

- Eliminación de la Cuenta de Jerarquización para los altos cargos, reduciendo el salario de la titular del ente (Administradora Federal) y de los Directores Generales (DGI y DGA).

- Objetivo de creación de ARCA: Reducción del Estado, eliminación de cargos innecesarios, profesionalización del ente, destrucción de circuitos corruptos, mejora en la eficiencia de la recaudación y control aduanero, eliminación de privilegios y optimización de la gestión pública.

El viernes 25, se publicó el Decreto 953, donde:

  • Se disuelve AFIP.
  • Se crea ARCA, Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
  • Se crea el cargo de un Director Ejecutivo, en lugar de un Administrador Federal.
  • Se establece que secundarán al Director Ejecutivo, dos Directores Generales, uno para Impositiva (DGI) y otro para Aduana (DGA), los que serán nombrados por el Poder Ejecutivo.
  • Se mantienen vigentes las funciones otorgadas por ley y por Decretos a AFIP, mientras no se opongan al Decreto, y hasta tanto se realicen las modificaciones correspondientes a la decisión.
  • El Director Ejecutivo, debe presentar al Poder Ejecutivo, la propuesta referida a las competencias, facultades, derechos y obligaciones de la Estructuctura Orgánica y funcional del ente autárquico.

¿Qué se mantiene igual?

Su estructura jurídica: Ente autárquico. Se trata de un entidad descentralizada de derecho administrativo con personería jurídica, creada para una función de interés común, con cierta libertad e independencia, con sus propios recursos y con capacidad para nombrar y remover empleados.

El origen de sus recursos: Se conforman por un porcentaje de la recaudación neta total de los gravámenes y de los recursos aduaneros cuya aplicación, recaudación, fiscalización o ejecución fiscal, es equivalente al estimado en 1,90%.

La Cuenta de Jerarquización (art 128 Ley 11.683), se compone con el 0,60% (cero sesenta centésimos por ciento) del importe de la recaudación bruta total de los gravámenes y de los recursos de la seguridad social cuya aplicación, recaudación, fiscalización o ejecución judicial se encuentra a cargo del citado organismo. Dicho importe incluye las contribuciones patronales. La Tesorería General de la Nación, depositará mensualmente dicho importe en la cuenta de AFIP (hoy ARCA).

¿Qué cambia y qué no a partir del Decreto?

I. Respecto de la Organización Interna del Organismo

  • La autoridad que designa y remueve a los Directores Generales de Impositiva y de Aduana, es el Poder Ejecutivo Nacional.
  • Desaparece la Dirección de los Recursos de la Seguridad Social.
  • Continúa el mismo presupuesto.
  • No cambia la Cuenta de Jerarquización a que se refirió el comunicado oficial. El Decreto nada indica. Para modificar el artículo de una Ley es necesaria hacerlo por ley.

II. Respecto de los Contribuyentes

  • Las modalidades para inscribirse de los nuevos contribuyentes, continúan igual, con el uso de las distintas herramientas virtuales existentes.
  • Las obligaciones de realizar las presentaciones de las Declaraciones Juradas, y el pago, según el tipo de impuesto en el que están alcanzados permanece igual.
  • Las obligaciones de pagar los Planes de Pagos vigentes sigue igual.
  • Las vigencia del Paquete Fiscal, que consta de Moratoria, Condonaciones y Blanqueo, continúa vigente.

A modo de síntesis, los ciudadanos que ingresen como contribuyentes, deben seguir la normativa actual, y los “contribuyentes actuales” deben cumplir con sus obligaciones.

En breve, se realizarán las modificaciones, y la comunicación se realizara con ARCA en lugar de AFIP.

* El autor es Contador. Titular de Comellas & Asociados Contadores Públicos Nacionales. Especialista en Planificación Tributaria & Previsional. Docente Universitario (Universidad de Congreso. Director Área Tributaria). Miembro del Departamento de Política Tributaria de la UIA.

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