El Gobierno Nacional desde que asumió tiene como prioridad someter a la Justicia. Para liberar presos, remover jueces y al Procurador, modificar la ley del Ministerio Público e impulsar una Reforma Judicial que busca apropiarse de Comodoro Py, hay tiempo, aún en pandemia, con cuarentena o sin ella.
Llamativamente, y en lo que respecta a la Justicia Penal, pese a haber transcurrido más de un año, poco y nada se ha debatido de las reformas estructurales que necesita el sistema: que mejoren su eficacia, proporcionen una respuesta adecuada conforme a la gravedad de los delitos cometidos y garanticen la máxima protección a las víctimas.
Convivimos desde hace casi 100 años con un Código Penal que necesita y reclama una reforma integral, que lo actualice y lo coloque ante los desafíos de las nuevas modalidades y formas delictuales. Pero, además, es imprescindible establecer un nuevo Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil, abandonando el sistema tutelar que consagra la doctrina de la situación irregular. Ambos proyectos fueron presentados en 2019 por el Poder Ejecutivo de entonces, ambos duermen en el sueño de los justos.
Los crímenes no pueden quedar impunes en la Argentina cuando quien los cometió comprendía la criminalidad del hecho. Por ello, la discusión respecto de la baja de la imputabilidad, particularmente en delitos graves, debe necesariamente saldarse en el Congreso de la Nación en el marco del debate de un Sistema Integral de Responsabilidad Penal Juvenil, que disponga penas y establecimientos para su cumplimiento diferenciado, que prevea medidas alternativas a las de prisión conforme a la gravedad del delito, garantice el derecho de defensa y el debido proceso, que erradique todo resabio tutelar y tenga la capacidad de evitar y prevenir la escalada criminal de menores en conflicto con la ley penal, aumentando las posibilidades de resocialización y dando tutela judicial efectiva a las víctimas.
Argentina es uno de los países con más alta edad de imputabilidad del mundo. La gran mayoría de países de Latinoamérica y Europa incluyen a los menores en sus regímenes de Responsabilidad Penal Juvenil a partir de los 14 años (Chile, Colombia, Paraguay, España, Alemania, Italia), 13 años (Uruguay, Francia, Guatemala, Nicaragua), o 12 años (Costa Rica, Ecuador, Perú), entre muchos otros países.
La actual ley 22.278, decretada y promulgada por el Presidente de facto Jorge Rafael Videla, establece el Régimen Penal de la Minoridad consagrando la disposición provisional y definitiva por orden del juez, hasta la mayoría de edad de los inimputables como así también de los que resulten imputables. Dispone el tratamiento tutelar de un año con carácter previo a la sentencia, en el caso de imputables, pudiendo reducirla con la escala penal del delito en grado de tentativa o lisa y llanamente absolverlo. Como se ve, se trata de una disposición que otorga amplísimas facultades y un alto grado de discrecionalidad en manos de los jueces.
Paradójicamente, sectores autodenominados progresistas en nuestro país son los férreos defensores de una ley reaccionaria de la dictadura, que viola los más elementales derechos dentro del proceso y que, a 40 años de su vigencia, ha demostrado acabadamente su ineficacia, que se reafirma en cada delito brutal que cuenta con la participación de jóvenes, donde, en muchos casos, cumplen funciones de herramientas delictivas de adultos por su inimputabilidad.
Se trata de un régimen que nada tiene que ver con la Argentina del 2021 y que es imperioso modificar, donde la edad de imputabilidad debe incluirse en esas modificaciones, no porque el juzgamiento de menores de 14 y 15 años impacte en el grueso de los delitos, ya que su ocurrencia es marginal -teniendo en cuenta que los mismos representan no más del 10,5%-, sino porque, de lo contrario, supone consagrar la impunidad por el crimen anticipadamente por vía legal, clausurando cualquier posibilidad de justicia para la víctima de manera individual, pese a que su autor estuvo en condiciones de comprender la criminalidad del delito cometido.
Estoy a favor de bajar la edad de imputabilidad a partir de los 14 años, porque la comprensión y capacidad de culpabilidad, del disvalor de una conducta que suponga un ataque a la vida humana o a la integridad sexual de las personas, la capacidad para entender una norma penal, se produce, en general, a partir de esa edad. Esa reforma debe ser en el marco de una respuesta integral por parte del Estado, con un abordaje interdisciplinario que abarque la educación, políticas de prevención, rehabilitación en adicciones y ocurrido el delito, su efectiva resocialización, como así también la reparación a la víctima.
Cada hecho resonante que tiene como protagonistas de aberrantes crímenes a menores de 14 o 15 años, reabre el debate respecto a la baja o no de la edad de imputabilidad, pero al poco tiempo, con la desaparición del estrépito inicial de la noticia, vuelve a cerrarse sin que se salde. Por ello, creo que llegó el momento de avanzar en una ley de reforma sin esperar a que otro hecho nos estremezca y sobre todo sin dar una respuesta a quienes lo sufren.