En los actuales tiempos de pandemia, resultaría prioritario referirse a la organización de los planes que se vienen llevando a cabo en el país para efectivizar la integración socio-urbana de las villas y asentamientos, de acuerdo con los objetivos planteados en la Ley nacional 27.453.
Como se ha reiterado, esta norma declara de interés público el régimen de integración socio-urbana de los barrios populares identificados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (Renabap), creado por decreto 358/2017.
Declara de utilidad pública y sujeta a expropiación, la totalidad de los bienes inmuebles en los que se asientan los barrios populares relevados.
Mediante esta legislación se determinó la reurbanización de cerca de 4.500 núcleos informales inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap), correspondiendo 217 a la provincia de Mendoza.
Dicha ley prevé la adhesión de las provincias que se solidaricen con sus objetivos, teniendo acceso a los recursos financieros que la norma dispone para el mejoramiento integral del hábitat popular argentino.
Atendiendo a tal llamado, algunas provincias ya han sancionado adhesiones y en otras se adelanta el tratamiento legislativo de iniciativas con igual propósito.
En el caso de Entre Ríos, además de haberse aprobado la adhesión a la norma nacional, se ha establecido un detallado programa provincial de integración de los barrios populares.
Cabe mencionar que las políticas de integración socio-urbana atienden de manera central la regularización dominial de los terrenos que ocupan las familias residentes en villas y asentamientos.
Las acciones en favor del acceso a lotes con servicios dan respuesta a las demandas más sentidas por los hogares en situación habitacional crítica, aliviando en mayor grado las presiones, a veces desbordadas, por la tenencia segura de lotes.
Es de esperar con optimismo la pronta adhesión de Mendoza a las políticas que impulsa la ley 27.453, teniendo presente la rica trayectoria cumplida por nuestro IPV y los municipios en sucesivos programas de reconversión de villas y asentamientos desde los años ’50 en adelante.
Para nuestra provincia, el de la vivienda es un tema de máxima gravitación, ya que en el territorio se dispone de terrenos sin uso en localizaciones urbanas o en su periferia; en otros, los que se encuentran los pertenecientes a sucesiones en trámite judicial, que se podrían comprar a precios moderados para su uso residencial.
Habría que proponer al Instituto Provincial de Vivienda (IPV) un programa de diagnóstico de situación actual de villas y asentamientos con miras a su incorporación a los planes de integración socio-urbana, que ha puesto en vigencia el Gobierno nacional.
Investigadores universitarios que analizan el problema habitacional, sostienen que el estudio y adecuación a los planes nacionales no implicaría gastos a la estructura del IPV, ya que la repartición tiene un laboratorio de investigación habitacional.
Uno de los problemas en este panorama del techo digno estriba en que muchas familias no cuentan con la posesión formal de los lotes y aún no han sido sometidos a catastro por los municipios respectivos.
Como hemos sostenido en otros cometarios, el derecho al hábitat, en condiciones moderadamente aptas, es considerado un derecho fundamental para el desarrollo del individuo, la familia y la comunidad, y es el Estado el que debe garantizarlo e impulsarlo mediante políticas de acceso a la tierra, base prioritaria para ir saliendo del asfixiante déficit habitacional que hoy padecemos.