Ley de parques industriales aeroespaciales

El proyecto de ley no se basa en subsidios del sector público sino en el estímulo al sector privado en tanto generadores de empleo genuino.

Ley de parques industriales aeroespaciales

En 1931, en medio de la llamada Gran Depresión, las autoridades del pueblo de Wichita (Kansas), aprobó la inverosímil propuesta de liberar de cargas municipales a todas las empresas aeronáuticas que quisieran establecerse en su territorio. A poco de conocerse la decisión, decenas de pequeños emprendedores se radicaron allí para desarrollarse en medio de la crisis. Hoy, Wichita y todo el estado de Kansas viven de la extraordinaria riqueza que producen las empresas Cessna, Beechcraft, Boeing, Learjet, Bombardier, Raytheon y Culver, etc.

Probablemente sin saberlo, tres de nuestros legisladores provinciales han seguido exactamente el ejemplo de Wichita. En efecto, el 31 de octubre pasado ingresó a la Legislatura un proyecto de ley para la creación de Parques Industriales Aeroespaciales en todos los aeródromos públicos y privados de Mendoza. No es poco decir teniendo en cuenta que, además de los Aeropuertos de Mendoza, San Rafael y Malargüe, pisan en nuestra provincia aeródromos en San Martín, General Alvear, Rivadavia y Luján.

La iniciativa fue motorizada por los senadores Mario Ana (CM-UCR), Jorge Carballo (CM-UCR) y Pablo Priore (PRO), quienes indudablemente han visualizado la pujanza y capacidad de generación de empleo del sector aeroespacial mendocino.

La iniciativa tiene una redacción simple, pero también clara, pues propone desarrollar la economía mendocina a través de la industria aeronáutica y espacial, la prestación de servicios vinculados, la formación profesional en la materia y la conectividad aérea interna y nacional. En tal sentido, se contempla al transporte aéreo y al trabajo aéreo en todas sus formas, al tiempo que se promueve el mejoramiento de la infraestructura, la radicación de nuevas empresas y hasta el turismo receptivo.

No se procura alcanzar todos estos objetivos merced a subsidios, aportes o inyecciones dinerarias del sector público, sino a través del estímulo a los actores privados en tanto generadores de empleo genuino. El dato no es menor pues niega el paradigma de las “promociones industriales” ficticias, que desaparecían tan pronto desaparecía el sostenimiento estatal. En este caso el Estado se limita sólo a crear las condiciones para la inversión, pero prevalecen la iniciativa privada y el riesgo empresario.

Por otro lado, la dispersión territorial de los aeródromos beneficiados asegura de entrada un desarrollo económico uniforme, ajustado a las características propias de cada región y a las diferentes necesidades de cada departamento. La localía es fundamental, al punto que la implementación de los parques industriales aeroespaciales está sujeta a un acuerdo tripartito entre el Clúster Aeroespacial de Mendoza, los municipios de jurisdicción y los propietarios, concesionarios, explotadores o administradores de los diferentes aeródromos públicos y privados de la provincia.

De esta forma se asegura el involucramiento municipal no sólo en clave de ordenamiento territorial, sino de habilitaciones, co-gestión y provisión de servicios. El dato no es menor teniendo en cuenta que una de las principales características negativas de todo aeródromo es su divorcio del entorno, que en algunos casos ha derivado en conflictos vecinales e incluso en erradicación. Estos males quedan conjurados de entrada merced al acuerdo tripartito de base con los municipios.

La administración de los parques aeroespaciales también se basa en un criterio de cogestión tripartita, con representantes del Clúster Aeroespacial de Mendoza, el municipio y el propietario, concesionario o explotador del aeródromo público o privado donde el parque aeroespacial se asiente.

Como estímulo a la radicación de empresas en los aeródromos que sean elegidos por los actores económicos, el proyecto de ley contempla la exención del pago de los impuestos de Sellos y a los Ingresos Brutos para las empresas interesadas. Pero este beneficio no es permanente, propio de los regímenes promocionales ficticios, sino acotado en el tiempo a tres períodos fiscales consecutivos, es decir, al tiempo en que se produzca la mayor inyección de capital para el asentamiento de la empresa de que se trate. En lo sucesivo, el beneficio desaparece y la empresa radicada debe pagar impuestos como cualquier otro actor empresarial.

Otro dato trascendente del proyecto bajo análisis es que encomienda al Clúster Aeroespacial de Mendoza la formulación de un Plan Estratégico realista que contemple la integración inteligente de recursos y capacidades de los sectores público y privado, la diversificación de la matriz productiva provincial hacia el sector aeroespacial, el incremento del valor agregado en las cadenas de valor, el incremento del trabajo registrado y del empleo calificado en lo aeroespacial.

La sola existencia de un Plan Estratégico, a cargo de los propios protagonistas, habla a las claras de la visión de largo plazo que anima al proyecto de ley. Este no es un dato menor teniendo en cuenta el cortoplacismo propio de la política argentina. Indudablemente en este punto fue tomado como ejemplo el exitoso Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI), que permitió reactivar a todo un sector de la economía provincial. En materia aeroespacial no hay soluciones mágicas, pero evidentemente sí hay modelos exitosos a imitar.

Es interesante advertir que el Plan Estratégico Aeroespacial propuesto es de concreción prácticamente inmediata, pues deberá ser presentado dentro de los noventa días de la entrada en vigencia de la ley, todo un desafío para el sector empresario aeronáutico, más todavía si se considera que deberán contemplarse aspectos tales como la investigación y el desarrollo científico-tecnológico en materia aeroespacial, sustentabilidad ambiental y el fortalecimiento de la conciencia aeroespacial en Mendoza.

* El autor es Profesor de Derecho Aeronautico en la Facultad de Derecho de la UNCuyo.

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